Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Aprovechar en Europa las ventajas de la facturación electrónica»COM(2010) 712 final

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 318/105

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las

Regiones - Aprovechar en Europa las ventajas de la facturación electrónica»

COM(2010) 712 final

(2011/C 318/17)

Ponente: IOZIA

El 2 de diciembre de 2010, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Aprovechar en Europa las ventajas de la facturación electrónica

COM(2010) 712 final.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 23 de junio de 2011.

En su 473 o Pleno de los días 13 y 14 de julio de 2011 (sesión del 13 de julio de 2011), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 119 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) apoya y valora positivamente la propuesta de la Comisión y declara que comparte el contenido de la Comunicación, que se inscribe en el marco de la agenda digital para Europa. La modernización de los instrumentos que regulan las relaciones económicas y la innovación tecnológica, amén de constituir un ahorro sumamente importante, contribuyen a difundir la innovación y a alcanzar los objetivos que se ha fijado la Estrategia Europa

La realización de la agenda digital será un motor fundamental para reactivar el mercado interior como factor de desarrollo social y económico sostenible.

El CESE insiste en la necesidad de que se tengan particularmente en cuenta los beneficios que podrán derivarse de la de la facturación electrónica. Estos beneficios deberán distribuirse equitativamente entre todas las categorías de empresas, pero en particular, entre las pymes. Habrá que prestar una atención especial a sus necesidades específicas de alfabetización digital y contención de los costes de acceso a las plataformas digitales y a los programas de gestión.

El CESE pide a la Comisión que se esfuerce por acelerar en la medida de lo posible la tramitación de la nueva legislación sobre la firma electrónica y se pregunta si no sería preciso adoptar un reglamento en vez de una directiva para evitar transdivergentes y problemáticas que seguirán perpetuando las diferencias entre las normativas en este ámbito.

La reforma del sistema de imposición indirecta del IVA ya tiene en cuenta la equiparación de las facturas en papel con las facturas electrónicas a efectos de la conservación de los asientos contables y las facturas. Las administraciones fiscales de los Estados miembros deberían unificar lo antes posible su legislación de conformidad con estas disposiciones.

Por lo que se refiere a las pymes, el CESE recomienda que se salvaguarden sus intereses en materia de pago del IVA,

que debería ser simultáneo al pago de la factura electrónica en vez de vincularse a una fecha determinada posterior a la emisión de la factura. El nuevo sistema deberá sopesar debidamente los problemas que podrían planteárseles a las pymes, sobre todo en la gestión del efectivo de la empresa.

1.6 El CESE apoya la adopción generalizada de la facturación electrónica, llevada a cabo con celeridad, pero insiste en que debe seguir siendo un régimen opcional y, aunque valora positivamente los objetivos, considera que no existen las condiciones para imponer una adopción obligatoria de un sistema de estas características.

1.7 El CESE recomienda a la Comisión que las medidas legislativas necesarias para la realización del objetivo propuesto sean elaboradas con prudencia y atención a fin de no crear problemas innecesarios y onerosos para las empresas y los consumidores.

1.8 La coexistencia de dos sistemas con el mismo valor legal -la facturación electrónica y la facturación en papel- debería permitir a todas las partes interesadas escoger el modelo más adecuado para sus necesidades concretas.

1.9 El CESE invita a la Comisión a que adopte normas internacionales para la facturación electrónica. La normalización y la interoperabilidad de los sistemas son factores esenciales para la difusión y el éxito de la facturación electrónica, ya que permiten el desarrollo del mercado interior y la posibilidad de ampliar el número de operadores en el mercado.

En cambio, en la actualidad...

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