Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Comunicación de la Comisión sobre la política europea de vecindad Documento de estrategia

SectionDictamen
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la 'Comunicación de la Comisión sobre la política europea de vecindad -- Documento de estrategia' (2005/C 231/08) EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

VISTA la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo 'Política europea de vecindad -- Documento de estrategia' (COM(2004) 373 final);

VISTA la decisión de la Comisión, de 13 de mayo de 2004, de consultarle sobre este asunto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

VISTA la decisión de su Mesa, de 15 de junio de 2004, de encargar a la Comisión de Relaciones Exteriores la elaboración de un dictamen prospectivo sobre este asunto;

VISTA la Comunicación de la Comisión al Consejo sobre las propuestas de la Comisión en favor de planes de acción englobados en la Política europea de vecindad (COM(2004) 795 final);

VISTA la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que deben adoptar la Comunidad Europea y sus Estados miembros dentro del Consejo de Asociación establecido en el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemita de Jordania, por otra, respecto de la adopción de una Recomendación para aplicar el Plan de acción UE-Jordania (COM(2004) 796 final);

VISTA la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que debe adoptar la Comunidad Europea dentro del Comité mixto establecido por el Acuerdo euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación respecto de la adopción de una Recomendación para aplicar el Plan de acción UEAutoridad Palestina (COM(2004) 789 final);

VISTA la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que deben adoptar la Comunidad Europea y sus Estados miembros dentro del Consejo de asociación establecido en el Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Túnez, por otra, respecto de la adopción de una Recomendación para aplicar el Plan de acción UE-Túnez (COM(2004) 792 final);

VISTA la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que deben adoptar la Comunidad Europea y sus Estados miembros dentro del Consejo de cooperación establecido en el Acuerdo de colaboración y cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, respecto de la adopción de una Recomendación para aplicar el Plan de acción UE-Ucrania (COM(2004) 791 final);

VISTA la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que deben adoptar la Comunidad Europea y sus Estados miembros dentro del Consejo de asociación establecido en el Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Israel, por otra, respecto de la adopción de una Recomendación para aplicar el Plan de acción UE-Israel (COM(2004) 790 final);

VISTA la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que deben adoptar la Comunidad Europea y sus Estados miembros dentro del Consejo de cooperación establecido en el Acuerdo de colaboración y cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, respecto de la adopción de una Recomendación para aplicar el Plan de acción UEUcrania (COM(2004) 787 final);

VISTA la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo -- Construir nuestro futuro común -- Retos políticos y presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013) (COM(2004) 101 final);

20.9.2005C 231/58 Diario Oficial de la Unión EuropeaES

VISTA la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones generales sobre un instrumento europeo de cooperación y vecindad (COM(2004) 628 final);

VISTA la Comunicación de la Comisión 'Sentar las bases de un nuevo instrumento de vecindad' (COM(2003) 393 final);

VISTO el Informe del Parlamento Europeo sobre 'Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa' (COM(2003) 104 -- 2003/2018 (INI));

VISTO su Dictamen sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo -- Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa' (CDR 175/2003 fin) (1 );

VISTO su Dictamen prospectivo sobre 'La Asociación Euromediterránea y los entes territoriales: la necesidad de una coordinación y de un instrumento específico para la cooperación descentralizada' (CDR 327/2003 fin) (2 );

VISTO su Dictamen sobre 'Gobierno local y regional en Rusia y desarrollo de la cooperación entre la UE y Rusia' (CDR 105/2004);

VISTO su Dictamen sobre el 'Segundo plan de acción para la dimensión septentrional 2004-2006' (CDR 102/2003 fin) (3 );

VISTO su proyecto de Dictamen sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo -- Construir nuestro futuro común -- Retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013)' (CDR 162/2004 rev. 3) (ponente: Sir Albert BORE, Consejero, Birmingham County Council, UK-PSE);

VISTO su proyecto de Dictamen (CDR 336/2004 rev. 1), aprobado el 7 de febrero de 2005 por la Comisión de Relaciones Exteriores (ponente: Lord Hanningfield, Consejo del Condado de Essex (UK-PPE);

1) Considerando que, a la luz de la política europea de vecindad, el CDR debe intentar ampliar sus actividades de relaciones exteriores, con arreglo a sus recursos y cometido institucional, no sólo a los Estados en vías de adhesión, sino también, aunque no de manera exclusiva, a los países que figuran en la política europea de vecindad;

2) Considerando que la prioridad del CDR respecto de las relaciones exteriores debe seguir centrándose en los entes regionales y locales de los países solicitantes actuales;

3) Considerando que el CDR debe asimismo dar alta prioridad, en el marco de la política de vecindad, al diálogo y la cooperación con todos los países situados en las fronteras septentrionales, orientales y meridionales de la UE;

en su 59o Pleno, celebrado los días 13 y 14 de abril de 2005 (sesión del 14 de abril), ha aprobado el presente Dictamen.

  1. Puntos de vista del Comité de las Regiones 1.1 Observaciones generales sobre la política europea de vecindad EL COMITÉ DE LAS REGIONES 1.1.1 acoge con satisfacción este documento importante y necesario de la Comisión Europea, dado que ofrece una posibilidad real y genuina de determinar y mejorar las relaciones entre la Unión Europea y los países vecinos;

    1.1.2 reconoce que, tras la reciente ampliación de la Unión Europea y los consiguientes cambios en sus fronteras exteriores, esta política constituye un paso oportuno y positivo destinado a compartir los beneficios de la ampliación de la UE con los países vecinos mediante el refuerzo de la estabilidad, la seguridad y el bienestar de todas las partes afectadas;

    1.1.3 comparte la opinión de que la política europea de vecindad ayudará a reforzar las relaciones entre la UE y los países vecinos y evitar la aparición de nuevas líneas divisorias entre ellos;

    20.9.2005 C 231/59Diario Oficial de la Unión EuropeaES (1 ) DO C 23 de 27.1.2004, p. 36.

    (2 ) DO C 121 de 30.4.2004, pp. 18-25.

    (3 ) DO C 23 de 27.1.2004, p. 27.

    1.1.4 subraya que la política europea de vecindad permite mejorar la relación entre la UE y sus países vecinos, pero es distinta del proceso de ampliación y debe considerarse desde este punto de vista;

    1.1.5 destaca la importancia de la función que los entes regionales y locales tienen que desempeñar en este proceso y manifiesta su preocupación por la falta de toda mención importante y de un papel concreto de dichos entes dentro de esta política;

    1.1.6 comparte la opinión de que esta política animará a los países vecinos a participar en diversas actividades de la UE gracias a una mayor cooperación en los ámbitos de la política, la seguridad, la economía y la cultura;

    1.1.7 considera que la política europea de vecindad aspira a respaldar los esfuerzos por un mayor respeto de los derechos humanos, la consolidación de la sociedad civil y el desarrollo de la buena gobernanza en estos países;

    1.1.8 valora positivamente, en este contexto, los últimos acontecimientos políticos en Ucrania y Georgia. La política europea de vecindad debe apoyar activamente a esos países en su camino hacia una mayor democracia y una economía de mercado;

    1.1.9 acepta que la política europea de vecindad intenta mejorar las relaciones comerciales y el desarrollo económico entre la UE y los países vecinos;

    1.1.10 reconoce la importancia de la política europea de vecindad para fomentar una cooperación más estrecha entre los países destinatarios y la UE para luchar contra el terrorismo, la inmigración ilegal y la delincuencia transfronteriza, incluidos el tráfico de estupefacientes y de seres humanos;

    1.1.11 apoya los esfuerzos, en los países de la política europea de vecindad con distintas minorías étnicas, para encontrar soluciones innovadoras que fomenten la coexistencia y el...

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