Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1482 de la Comisión, de 17 de agosto de 2017, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 861/2013 del Consejo, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinado alambre de acero inoxidable originario de la India, en lo concerniente a los códigos TARIC de los productores exportadores indios que cooperaron y no están incluidos en la muestra
Section | Reglamento de ejecución |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
18.8.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 214/1
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) («Reglamento de base»).
Considerando lo siguiente:
(1) El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 861/2013 del Consejo (2), en su versión corregida por una corrección de errores relativa a la denominación de dos empresas (3), presenta la lista de productores exportadores indios que cooperaron y no están incluidos en la muestra.
(2) A raíz de la publicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/220 de la Comisión (4), que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1106/2013 del Consejo (5), por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados alambres de acero inoxidable originarios de la India, los códigos TARIC adicionales asignados por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 861/2013 han dejado de ser correctos en el caso de algunas de las empresas que figuran en el citado anexo. Ello se debe a que los códigos TARIC adicionales concretos deben corresponderse ahora con los del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/220.
(3) Procede, por tanto, modificar el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 861/2013 del Consejo en consecuencia.
(4) Las disposiciones corregidas deben ser aplicables a partir de la fecha de aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/220.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El cuadro del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 861/2013, en el que se enumeran los códigos TARIC de los productores exportadores indios que cooperaron y no están incluidos en la muestra queda corregido de acuerdo con el cuadro siguiente:
Nombre de la empresa Ciudad Código TARIC adicional Bekaert Mukand Wire Industries Lonand, Tal. Khandala, Satara District, Maharastra C189 Bhansali Bright Bars Pvt. Ltd Mumbai, Maharashtra C190 Bhansali Stainless Wire Mumbai, Maharashtra C191 Chandan Steel Mumbai, Maharashtra C192 Drawmet Wires Bhiwadi, Rajastan C193 Garg Inox Bahadurgarh, Haryana and Pune, Maharashtra B931 Jyoti Steel Industries Ltd Mumbai, Maharashtra C194 Macro Bars and Wires Mumbai, Maharashtra B932 Mukand Ltd Thane C195 Nevatia Steel & Alloys Mumbai, Maharashtra B933 Panchmahal Steel Ltd Dist. Panchmahals, Gujarat C196
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