Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1098 de la Comisión de 24 de julio de 2020 relativo a la autorización del aceite esencial de cardamomo de Elettaria cardamomum (L.) Maton como aditivo en piensos para todas las especies animales

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

27.7.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 241/28

(1) El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003 contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(2) El aceite de cardamomo de Elettaria cardamomum (L.) Maton fue autorizado sin límite de tiempo, de conformidad con la Directiva 70/524/CEE, como aditivo del grupo «sustancias aromatizantes y saborizantes» en piensos destinados a todas las especies animales. Posteriormente, este producto se incluyó en el Registro de Aditivos para Alimentación Animal como producto existente, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud para el reexamen del aceite de cardamomo de Elettaria cardamomum (L.) Maton como aditivo en piensos destinados a todas las especies animales. El solicitante pidió que este aditivo se clasificara en la categoría «aditivos organolépticos» y en el grupo funcional «aromatizantes». Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(4) En su dictamen de 14 de mayo de 2019 (3), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el aceite de cardamomo de Elettaria cardamomum (L.) Maton no tiene ningún efecto adverso para la salud animal, la seguridad de los consumidores ni el medio ambiente. A falta de estudios que evalúen la seguridad para el usuario, la Autoridad no pudo llegar a ninguna conclusión sobre la seguridad de los usuarios durante la manipulación del aditivo. Según el dictamen, el solicitante presentó una ficha de datos de seguridad para el aceite de cardamomo, en la que se han identificado peligros. Los peligros descritos en la ficha de datos de seguridad son, principalmente, la irritación cutánea, la irritación ocular, la reacción cutánea alérgica y el peligro de muerte en caso de ingestión. Por consiguiente, la Comisión considera que deben adoptarse las medidas de protección adecuadas para evitar efectos adversos en la salud humana, en particular la de los usuarios del...

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