Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1395 de la Comisión de 5 de octubre de 2020 relativo a la renovación de la autorización del Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 como aditivo en piensos para pollos de engorde y a su autorización para pollitas criadas para puesta, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1292/2008 (titular de la autorización: Evonik Nutrition & Care GmbH)

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

6.10.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 324/3

(1) El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y los procedimientos para conceder y renovar dicha autorización.

(2) El uso del Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 fue autorizado durante diez años como aditivo en piensos para pollos de engorde por el Reglamento (CE) n.o 1292/2008 de la Comisión (2).

(3) De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, en relación con su artículo 7, el titular de la autorización del Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 como aditivo en piensos presentó una solicitud de renovación de la autorización para pollos de engorde y de nueva autorización para pollitas criadas para puesta, y solicitó que dicho aditivo sea clasificado en la categoría «aditivos zootécnicos». La solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, y en el artículo 14, apartado 2, de dicho Reglamento.

(4) En su dictamen de 28 de enero de 2020 (3), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («Autoridad») concluyó que el solicitante ha aportado datos que demuestran que el aditivo cumple los requisitos de autorización. La Autoridad confirmó sus conclusiones anteriores de que el Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 no tiene efectos adversos para la salud animal, la seguridad de los consumidores ni el medio ambiente. También llegó a la conclusión de que no es irritante ocular y cutáneo ni un sensibilizante cutáneo, pero que debe considerarse como posible sensibilizante respiratorio. Por consiguiente, la Comisión considera que deben adoptarse las medidas de protección adecuadas para evitar efectos adversos en la salud humana, en particular la de los usuarios del aditivo. La Autoridad también llegó a la conclusión de que el aditivo puede ser eficaz en pollitas criadas para puesta.

(5) La evaluación del Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940 muestra que se cumplen los requisitos de autorización establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. Por consiguiente, debe renovarse la autorización de este aditivo según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

(6) Como consecuencia de la renovación de la autorización del Bacillus amyloliquefaciens CECT 5940...

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