Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1418 de la Comisión de 6 de octubre de 2020 relativo a la autorización del extracto saponificado de pimentón (Capsicum annuum) (capsantina) como aditivo en piensos para pollos de engorde, especies menores de aves de corral para engorde, gallinas ponedoras y especies menores de aves de corral para puesta

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

8.10.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 326/7

(1) El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003 contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(2) El extracto saponificado de pimentón (Capsicum annuum) (capsantina) fue autorizado sin límite de tiempo, de conformidad con la Directiva 70/524/CEE, como aditivos en piensos para aves de corral pertenecientes al grupo «colorantes, incluidos los pigmentos», bajo el título «carotenoides y xantofilas». Posteriormente, se incluyó este aditivo en el Registro de aditivos para la alimentación animal como producto existente, con arreglo al artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud para el reexamen del extracto saponificado de pimentón (Capsicum annuum) (capsantina) como aditivo en piensos para pollos de engorde, especies menores de aves de corral para engorde, gallinas ponedoras y especies menores de aves de corral para puesta. El solicitante pidió que este aditivo se clasificara en la categoría «aditivos organolépticos» y en el grupo funcional «colorantes: ii) sustancias que, suministradas a los animales, añaden color al alimento de origen animal». Dicha solicitud estaba acompañada de la información y la documentación exigidas en virtud del artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(4) En su dictamen de 29 de enero de 2020 (3), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («Autoridad») concluyó que, en las condiciones de utilización propuestas, el extracto saponificado de pimentón (Capsicum annuum) (capsantina) no tiene efectos adversos para la sanidad animal, la seguridad de los consumidores ni el medio ambiente. Declaró que la conclusión sobre la inocuidad del extracto saponificado de pimentón (Capsicum annuum) (capsantina) para pollos de engorde y gallinas ponedoras puede extrapolarse a las aves menores de corral para engorde y para puesta. También llegó a la conclusión de que la sustancia activa es una pasta viscosa, por lo que los operarios no estarán expuestos por inhalación a la sustancia activa. El solicitante reconoce que la sustancia activa puede...

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