Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1761 de la Comisión de 25 de noviembre de 2020 relativo a la autorización del clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197 como aditivo para piensos para todas las especies animales

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

26.11.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 397/10

(1) El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.

(2) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización del clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197. Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(3) Esta solicitud se refiere a la autorización del clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197 como aditivo para piensos para todas las especies animales. El solicitante pidió que dicho aditivo se clasificara en la categoría de «aditivos organolépticos».

(4) El solicitante pidió que se autorizara también el uso del aditivo para piensos en el agua de beber. Sin embargo, el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 no permite la autorización de «aromatizantes» para su uso en el agua de beber. Por tanto, no procede autorizar el uso del clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197 en el agua de beber. El hecho de que el clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197 no esté autorizado para su uso como aromatizante en el agua de beber no impide su utilización en piensos compuestos administrados a través del agua.

(5) En su dictamen de 19 de marzo de 2020 (2), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el uso del clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197 no tiene ningún efecto adverso para la salud animal, la salud de los consumidores ni el medio ambiente. La Autoridad concluyó, con respecto al clorhidrato monohidrato de L-cisteína producido por fermentación con Escherichia coli KCCM 80109 y KCCM 80197, que, aunque la exposición de los usuarios por inhalación es poco probable debido a su baja capacidad de polvorización, se propone clasificar el producto como irritante de las vías respiratorias con motivo de su bajo pH cuando se utiliza en solución. Además, según los resultados de los estudios presentados, debe...

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