Reglamento de Ejecución (UE) 2021/574 de la Comisión, de 30 de marzo de 2021, por el que se modifican los Reglamentos de Ejecución (UE) 2017/375 y (UE) n.o 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de la sustancia activa prosulfurón

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

8.4.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 120/9

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2017/375 de la Comisión (2) renovó la aprobación de la sustancia activa prosulfurón como candidata a la sustitución, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009.

(2) La aprobación de la sustancia activa prosulfurón, que figura en la parte E del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (3), incluyó una restricción según la cual el uso de prosulfurón debía limitarse a una aplicación cada tres años en el mismo campo con una dosis máxima de 20 g de sustancia activa por hectárea.

(3) De conformidad con el artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, el 12 de octubre de 2016, Syngenta Crop Protection AG presentó una solicitud al Estado miembro ponente, Francia, en la que pedía que se modificaran las condiciones de aprobación del prosulfurón para eliminar dicha restricción. El Estado miembro ponente consideró admisible la solicitud.

(4) El Estado miembro ponente evaluó el uso modificado de la sustancia activa prosulfurón en relación con los posibles efectos para la salud humana y animal y el medio ambiente de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, y elaboró un informe de evaluación de la renovación revisado, que se presentó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») y a la Comisión el 5 de abril de 2018.

(5) De conformidad con el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, la Autoridad transmitió el informe de evaluación de la renovación revisado al solicitante y a los Estados miembros para que formularan observaciones, y lo puso a disposición del público. De conformidad con el artículo 12, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, se pidió información complementaria al solicitante. Francia evaluó la información complementaria y el 28 de febrero de 2019 presentó a la Comisión y a la Autoridad un informe de evaluación de la renovación revisado.

(6) El 15 de junio de 2020, la Autoridad comunicó a la Comisión su conclusión (4) sobre si cabía esperar que el uso modificado de la sustancia activa prosulfurón cumpliera los criterios para la aprobación establecidos en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009.

(7) El 23 de octubre de 2020, la Comisión presentó al Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos una adenda al informe de revisión del prosulfurón y un proyecto de Reglamento.

(8) Se invitó al solicitante a presentar sus...

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