Reglamento (UE) 2017/2306 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, que modifica el Reglamento (UE) n.o 230/2014 por el que se establece un instrumento en pro de la estabilidad y la paz

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

15.12.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 335/6

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 209, apartado 1, y su artículo 212, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (1),

Considerando lo siguiente:

(1) En la Declaración conjunta de la política de desarrollo de la Unión Europea titulada «El consenso europeo» (2) y en la Declaración conjunta sobre el nuevo «Consenso Europeo sobre desarrollo» (3) el Consejo y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión reconocieron el vínculo existente entre la seguridad y el desarrollo.

(2) En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada mediante una Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, se subraya la importancia de promover unas sociedades pacíficas e inclusivas como objetivo de desarrollo sostenible (ODS 16) y con el fin de alcanzar otros resultados en materia de política de desarrollo. En el ODS 16.a se invita expresamente a «fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles, particularmente en los países en desarrollo, la capacidad de prevenir la violencia y combatir el terrorismo y la delincuencia».

(3) El objetivo primordial de la política de desarrollo de la Unión es reducir y, a largo plazo, erradicar, la pobreza.

(4) En el Comunicado de la Reunión de Alto Nivel de 19 de febrero de 2016, el Comité de Asistencia para el Desarrollo (CAD) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), se actualizaron las directrices de información sobre la ayuda oficial al desarrollo en el ámbito de la paz y la seguridad. La financiación de las acciones realizadas en virtud del presente Reglamento constituye ayuda oficial al desarrollo cuando satisface los criterios establecidos en las mencionadas directrices de información o en cualesquiera otras directrices ulteriores de información que pueda aprobar el Comité de Asistencia para el Desarrollo de la OCDE.

(5) A fin de garantizar unas condiciones adecuadas para la erradicación de la pobreza y para el desarrollo, es esencial apoyar a los actores del sector de la seguridad en terceros países, incluidos, en circunstancias excepcionales, los actores militares, en contextos de prevención de conflictos, de gestión de crisis o de estabilización. La buena gobernanza, el control democrático y la supervisión civil eficaces del sistema de seguridad, incluido el del sector militar, así como el respeto de los derechos humanos y de los principios del Estado de Derecho, son requisitos esenciales para el buen funcionamiento del Estado en cualquier contexto, y deben promoverse mediante el apoyo a una reforma más amplia del sector de la seguridad en terceros países.

(6) En sus...

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