Reglamento (UE) 2017/492 de la Comisión, de 21 de marzo de 2017, que modifica el Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, y el Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n.o 883/2004

Enforcement date:April 11, 2017
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

22.3.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 76/13

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (1), y en particular su artículo 88,

Visto el Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n.o 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (2), y en particular su artículo 92,

Considerando lo siguiente:

(1) Los Estados miembros solicitaron a la Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social que modificara determinados anexos del Reglamento (CE) n.o 883/2004 y del Reglamento (CE) n.o 987/2009, a fin de tener en cuenta determinados cambios introducidos en la legislación de algunos Estados miembros o el deseo de estos de simplificar la aplicación del sistema de coordinación de dichos Reglamentos.

(2) La Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social ha aceptado las modificaciones solicitadas y ha elevado a la Comisión las propuestas pertinentes para la adaptación técnica de los anexos.

(3) La Comisión considera aceptables estas propuestas.

(4) Procede, por tanto, modificar los Reglamentos (CE) n.o 883/2004 y (CE) n.o 987/2009 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

El Reglamento (CE) n.o 883/2004 queda modificado como sigue:

1) El anexo VI se modifica como sigue: a) en la rúbrica «ESTONIA» se añade una nueva letra d) tras la letra c): «d) Asignación de capacidad laboral concedida con arreglo a la Ley sobre la asignación de capacidad laboral.»;

  1. la rúbrica «SUECIA» se sustituye por el texto siguiente: «SUECIA Compensación por enfermedad en función de los ingresos y compensación para jóvenes con incapacidad en función de los ingresos (capítulo 34 del Código de la Seguridad Social)»;

  2. la rúbrica «REINO UNIDO» se sustituye por el texto siguiente: «REINO UNIDO Subsidio de empleo y manutención (ESA) a) Si se concedió antes del 1 de abril de 2016, el ESA constituye una prestación por enfermedad en metálico durante los primeros noventa y un días (fase de evaluación). A partir del nonagésimo segundo día, el ESA (fase principal) se convierte en una prestación por incapacidad.

  3. Si se concedió el 1 de abril de 2016 o con posterioridad, el ESA constituye una...

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