Reglamento (UE) 2018/199 de la Comisión, de 9 de febrero de 2018, por el que se deniega la autorización de una declaración de propiedades saludables en los alimentos distinta de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

10.2.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 38/9

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (1), y en particular su artículo 18, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1924/2006, las declaraciones de propiedades saludables en los alimentos están prohibidas, a no ser que las autorice la Comisión de conformidad con dicho Reglamento y que se incluyan en una lista de declaraciones permitidas.

(2) El Reglamento (CE) n.o 1924/2006 también establece que los explotadores de empresas alimentarias pueden presentar solicitudes de autorización de declaraciones de propiedades saludables a la autoridad nacional competente de un Estado miembro. Dicha autoridad nacional competente debe remitir las solicitudes válidas a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), denominada en lo sucesivo «Autoridad», para que realice una evaluación científica, así como a la Comisión y a los Estados miembros para su información.

(3) La Autoridad debe emitir un dictamen sobre la declaración de propiedades saludables en cuestión.

(4) La Comisión debe tomar una decisión sobre la autorización de las declaraciones de propiedades saludables teniendo en cuenta el dictamen emitido por la Autoridad.

(5) A raíz de una solicitud presentada por Probi AB con arreglo al artículo 13, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1924/2006, se pidió a la Autoridad que emitiera un dictamen sobre una declaración de propiedades saludables relativa al Lactobacillus plantarum 299v (Lp299v) y a un aumento de la absorción del hierro no hemínico (pregunta n.o EFSA-Q-2015-00696 (2)). La declaración propuesta por el solicitante estaba redactada de la manera siguiente: «El Lactobacillus plantarum 299v aumenta la absorción del hierro no hemínico.».

(6) El 25 de julio de 2016, la Comisión y los Estados miembros recibieron el dictamen científico de la Autoridad, que llegaba a la conclusión de que las pruebas facilitadas eran insuficientes para establecer una relación de causa-efecto entre el consumo de Lp299v y un aumento de la absorción del hierro no hemínico. Así pues, la declaración no cumple los requisitos del Reglamento (CE) n.o 1924/2006 y no debe autorizarse.

(7) Al determinar las medidas previstas en el presente Reglamento, se...

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