Reglamento (UE) 2020/1474 de la Comisión de 13 de octubre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 360/2012 en lo que respecta a la prórroga de su período de aplicación y a una excepción temporal para empresas en crisis para tener en cuenta los efectos de la pandemia de COVID-19

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

14.10.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 337/1

(1) Con arreglo al Reglamento (UE) n.o 360/2012 de la Comisión (2), se considera que las ayudas inferiores a un determinado umbral concedidas a empresas por la prestación de servicios de interés económico general (SIEG) no cumplen todos los criterios del artículo 107, apartado 1, del Tratado y, por lo tanto, están exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado, siempre que se den determinadas condiciones.

(2) El Reglamento (UE) n.o 360/2012 expirará el 31 de diciembre de 2020.

(3) Resulta necesario fomentar la predictibilidad y las seguridad jurídica, al mismo tiempo que se prepara una posible actualización futura del Reglamento (UE) n.o 360/2012 compatible con una posible actualización futura del Reglamento (UE) n.o 1407/2013 de la Comisión (3).

(4) Por consiguiente, en una primera etapa, debe prorrogarse el período de aplicación del Reglamento (UE) n.o 360/2012 de la Comisión. En una segunda etapa, en consonancia con las Directrices para la mejora de la legislación, la Comisión deberá evaluar el Reglamento (UE) n.o 360/2012 y las demás normas sobre SIEG establecidas en la Decisión de la Comisión de 20 de diciembre de 2011 (4), en la Comunicación de la Comisión relativa a la aplicación de las normas de la Unión Europea en materia de ayudas estatales a las compensaciones concedidas por la prestación de servicios de interés económico general (5), y en la Comunicación de la Comisión titulada «Marco de la Unión Europea sobre ayudas estatales en forma de compensación por servicio público» (6), en la medida en que se apliquen a los servicios sociales y de salud. La Comisión ya inició la evaluación de estas normas en junio de 2019. La prórroga del Reglamento (UE) n.o 360/2012 debe permitir a la Comisión tener en cuenta los resultados del control de adecuación, que también abarca el Reglamento (UE) n.o 1407/2013. Por consiguiente, es conveniente que la prórroga del Reglamento (UE) n.o 360/2012 tenga la misma duración que la del Reglamento (UE) n.o 1407/2013. Dicha prórroga permitirá a la Comisión tener una visión más completa del funcionamiento conjunto de los diferentes elementos de ambos Reglamentos. La limitación temporal de la prórroga contribuirá a proporcionar seguridad...

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