Regulation (EEC) No 1098/68 of the Commission of 27 July 1968 on detailed rules for the application of export refunds on milk and milk products

Published date29 July 1968
Subject MatterMilk products
Official Gazette PublicationJournal officiel des Communautés européennes, L 184, 29 juillet 1968,Diario Oficial de las Comunidades Europeas #Edición especial 1985#03 Agricultura#Volumen 02,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 184, 29 luglio 1968
EUR-Lex - 31968R1098 - ES 31968R1098

Reglamento (CEE) n° 1098/68 de la Comisión, de 27 de julio de 1968, por el que se establecen las modalidades de aplicación de las restituciones a la exportación en el sector de la leche y de los productos lácteos

Diario Oficial n° L 184 de 29/07/1968 p. 0010 - 0012
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 2 p. 0116
Edición especial en danés: Serie I Capítulo 1968(II) p. 0372
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 2 p. 0116
Edición especial en inglés: Serie I Capítulo 1968(II) p. 0376
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 3 p. 0145
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 2 p. 0215
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 2 p. 0215


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REGLAMENTO ( CEE ) N * 1098/68 DE LA COMISION

de 27 de julio de 1968

por el que se establecen las modalidades de aplicacion de las restituciones a la exportacion en el sector de la leche y de los productos lacteos

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n * 804/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 , por el que se establece una organizacion comun de mercados en el sector de la leche y de los productos lacteos (1) y , en particular , el apartado 4 de su articulo 17 ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n * 876/68 del Consejo , de 28 de junio de 1968 (2) , ha establecido las normas generales reguladoras de la concesion de las restituciones a la exportacion en el sector de la leche y de los productos lacteos , y definido los criterios para la fijacion de su importe ; que la aplicacion de dicho Reglamento requiere determinadas precisiones ;

Considerando que , en virtud del articulo 10 del Reglamento ( CEE ) n * 804/68 , se concede una ayuda para la leche desnatada en polvo producida en la Comunidad y utilizada en la alimentacion animal ; que el Reglamento ( CEE ) n * 986/68 del Consejo de , 15 de julio de 1968 , por el que se establecen las normas generales relativas a la concesion de las ayudas para la leche desnatada en polvo (3) , prevé que dichas ayudas se concederan unicamente a la leche desnatada en polvo desnaturalizada o transformada en piensos compuestos ; que no es conveniente conceder restituciones a la exportacion de dicha leche desnatada en polvo adicionada , en su caso , de azucar o de materia grasa lactica , por un importe superior al que se considere indispensable...

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