Regulation (EEC) No 2118/74 of the Commission of 9 August 1974 laying down detailed rules for the application of the system of reference prices for fruit and vegetables

Published date10 August 1974
Subject MatterFruit and vegetables
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 220, 10 August 1974,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 220, 10 agosto 1974,Journal officiel des Communautés européennes, L 220, 10 août 1974
EUR-Lex - 31974R2118 - ES 31974R2118

Reglamento (CEE) n° 2118/74 de la Comisión, de 9 de agosto de 1974, por el que se determinan las modalidades de aplicación del sistema de precios de referencia en el sector de las frutas y hortalizas

Diario Oficial n° L 220 de 10/08/1974 p. 0020 - 0022
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 6 p. 0024
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 11 p. 0031
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 6 p. 0024
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 7 p. 0253
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 7 p. 0253


REGLAMENTO ( CEE ) N º 2118/74 DE LA COMISIÓN

de 9 de agosto de 1974

por el que se determinan las modalidades de aplicación del sistema de precios de referencia en el sector de las frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1035/72 del Consejo por el que se establece organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2745/72 (2) , y , en particular , el apartado 1 de su artículo 27 ,

Considerando que procede definir , por una parte , las características del producto para el que se deben registrar las cotizaciones que sirven de base para la fijación del precio de referencia , así como la fase en la que deban realizarse tales comprobaciones y , por otra parte , el importe que se ha de tomar en consideración en concepto de gastos de transporte ;

Considerando que es conveniente precisar los datos que los Estados miembros deben comunicar a la Comisión para la fijación del precio de referencia ;

Considerando que , para que resulten comparables el precio del producto importado y el precio de referencia , es conveniente precisar cómo se deben seleccionar y calcular las cotizaciones del producto importado ; que procede establecer las deducciones que deban de efectuarse para reducir las cotizaciones del producto importado a la fase importador/mayorista , cuando dichas cotizaciones únicamente puedan registrarse en la fase de venta posterior ;

Considerando que es conveniente establecer la lista de los mercados de importación representativos en los que se deben seleccionar las cotizaciones de los productos importados ; que los Estados miembros deben comunicar a la Comisión cualquier otro elemento necesario para calcular...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT