Resolución del Comité Consultivo de la CECA sobre la aplicación de las resoluciones del Consejo de 20 de julio de 1998 y 21 de junio de 1999

SectionResolution
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ CONSULTIVO DE LA CECA sobre la aplicación de las resoluciones del Consejo de 20 de julio de 1998 y 21 de junio de 1999 (2000/C 209/02) (aprobada por unanimidad en la 351a sesión, celebrada el 30 de junio de 2000) EL COMITÉ CONSULTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO,

Hace referencia a la Resolución del Consejo Europeo sobre el crecimiento y el empleo, de 16 de junio de 1997 (1),

Hace referencia a la Comunicación de la Comisión Europea COM(97) 506, de 8 de octubre de 1997, sobre la expiración del Tratado CECA-Actividades financieras,

Hace referencia a la Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros Reunidos en el seno del Consejo, de 20 de julio de 1998 (2), sobre la expiración del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,

Hace referencia a la Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros Reunidos en el seno del Consejo, de 21 de junio de 1999 (3), sobre la expiración del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,

Recuerda su Resolución sobre el futuro de la investigación colaborativa en los sectores del carbón y del acero, adoptada por unanimidad en la 336a sesión, de 20 de junio de 1997 (4),

Recuerda su Resolución sobre el fondo de investigación decidido por el Consejo Europeo el junio de 1997 en Amsterdam, adoptada por unanimidad en su 337a sesión, de 10 de octubre de 1997 (5), desea destacar que la Comisión Europea, en su Comunicación COM(97) 506:

  1. confirmó que el Øxito innegable de la investigación CECA es el resultado de la estrecha cooperación entre investigadores, productores, trabajadores y usuarios y de la eficacia de los acuerdos para la aplicación de los programas, que han garantizado que participen todos los sectores interesados y que los proyectos de investigación reflejen realmente las verdaderas necesidades de los productores, trabajadores y usuarios, 2. propuso que los acuerdos relativos a la utilización de las cantidades destinadas a investigación deberÆn basarse en los procedimientos existentes, que han demostrado su adecuación:

    se consultaría a dos comitØs (ComitØ de Investigación sobre Acero y ComitØ de Investigación sobre Carbón), formados por...

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