Resolución del Parlamento Europeo sobre el estado de las negociaciones de ampliación (COM(2001) 700 - C5-0024/2002 - 2002/2023(COS))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

P5_TA(2002)0317

Ampliación de la Unión Resolución del Parlamento Europeo sobre el estado de las negociaciones de ampliación (COM(2001) 700 -- C5-0024/2002 -- 2002/2023(COS)) El Parlamento Europeo, -- Visto el Documento de estrategia e Informe de la Comisión sobre los progresos de cada uno de los países candidatos en la vía de la adhesión (COM(2001) 700 -- C5-0024/2002), -- Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de Laeken celebrado los días 14 y 15 de diciembre de 2001, -- Vistas sus resoluciones e informes elaborados desde el inicio de las negociaciones de ampliación, -- Vistas sus Resoluciones, de 31 de mayo de 2001 sobre el Tratado de Niza y el futuro de la Unión Europea (1 ) y de 29 de noviembre de 2001, sobre el futuro de la Unión (2 ), -- Visto el apartado 1 del artículo 47 de su Reglamento, -- Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad Común y Política de Defensa y las opiniones de la Comisión de Control Presupuestario, de la Comisión de Libertades y Derechos de los Ciudadanos, Justicia y Asuntos Interiores, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Mercado Interior, de la Comisión de Industria, Comercio Exterior, Investigación y Energía, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor, de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, de la Comisión de Pesca, de la Comisión de Política Regional, Transportes y Turismo, de la Comisión de Cultura, Juventud, Educación, Medios de Comunicación y Deporte, de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades así como de la Comisión de Peticiones (A5-0190/2002),

  1. Considerando que el presente informe tiene el propósito de alentar a la Comisión, los Estados miembros y los países candidatos a que cumplan sus cometidos en este año crucial del proceso de adhesión, 1. Subraya el hecho de que la ampliación de la Unión Europea es una necesidad histórica para los pueblos de Europa con el fin de hacer posible una convivencia pacífica y próspera en el continente europeo y de garantizar la continuación del progreso económico y social; considera que el elaborado y sostenido proceso de reformas emprendido por los países candidatos y apoyado por la estrategia de preadhesión de la Unión Europea ha demostrado sus efectos positivos para la estabilidad de todo el continente;

  1. Señala que la adhesión supone para los nuevos Estados miembros un alto grado de responsabilidad política en lo que respecta al futuro de la Unión Europea y del mundo, y hace notar que todos los Estados miembros -tanto los antiguos como los nuevos- tienen que ser conscientes de que los comportamientos de los dos siglos anteriores no pueden continuar en el futuro; expresa su convencimiento de que, con la ampliación de la Unión Europea, pueden cerrarse las heridas de muchas disputas históricas y de que los diferentes pueblos participarán en la construcción común de la nueva casa europea para garantizar una paz duradera, el respeto de los valores comunes y el bienestar de los europeos;

  2. Expresa su firme convencimiento de que, al igual que en las anteriores adhesiones, las diferentes interpretaciones de los acontecimientos históricos no representan ningún obstáculo para la adhesión, pero espera de todas las partes una disponibilidad para desarrollar un diálogo abierto y leal que se base en la voluntad reconocida de crear una Europa común que sustituya al orden resultante de la posguerra;

  3. Pide a los Estados miembros que no erijan nuevos obstáculos a la ampliación; afirma al mismo tiempo que no se obligará a ningún país candidato a ir más allá de las disposiciones del acervo como condición previa para su adhesión a la Unión Europea;

    (1 ) DO C 47 E de 21.2.2002, p. 108.

    (2) Textos Aprobados, punto 19.

    C 261 E/534 ES 30.10.2003Diario Oficial de la Unión Europea Jueves, 13 de junio de 2002

  4. Subraya que la evaluación de los países candidatos debería llevarse a cabo sobre la base del mérito y en línea con el principio de diferenciación y observando estrictamente las conclusiones del Consejo Europeo de Helsinki y los criterios de Copenhague políticos para la adhesión establecidos por el Consejo Europeo en junio de 1993; afirma que la libertad de expresión y de prensa, el respeto del proceso democrático y el Estado de Derecho, la ausencia de temor de ser detenido arbitrariamente y la protección de todos los ciudadanos, incluidas las minorías, por parte de los gobiernos son los fundamentos en los que se basan las sociedades libres y democráticas, e insiste, en línea con los criterios de Copenhague, en que todo Estado que desee adherirse a la Unión Europea tiene que respetar estos principios fundamentales;

  5. Considera que, en una Unión Europea basada en valores compartidos y en los derechos establecidos en la Carta de los Derechos Fundamentales, el respeto de las libertades y de los derechos civiles constituye una cuestión de interés común;

  6. Celebra la participación activa de los países candidatos en la Convención, establecida para elaborar una base constitucional firme que debe permitir que la Unión Europea ampliada cumpla su objetivo principal consistente en una mayor integración, respaldada por mecanismos democráticos eficientes y transparentes; insta a los representantes de los países candidatos en la Convención a fomentar en sus países un vivo debate sobre el futuro político de Europa;

  7. Reitera su opinión de que todos los países que participan en el proceso negociador continúan cumpliendo los criterios políticos; considera, no obstante, que es necesario mantenerse extremadamente alerta y observar atentamente la situación de las minorías, el fenómeno del racismo, la xenofobia y el antisemitismo y otras formas de discriminación que siguen siendo motivo de preocupación en algunos países;

  8. Pide a todos los países candidatos interesados que actúen más decididamente para superar los problemas de las minorías romaníes, en particular, en lo que respecta a la eliminación de las prácticas discriminatorias de las instituciones estatales y de las autoridades públicas (administración pública, fuerzas policiales, poder judicial, escuelas), y que, antes de la conclusión de las negociaciones de adhesión, sometan un informe al Parlamento, a la Comisión y al Consejo que recoja las medidas pasadas y en curso y formule compromisos firmes relativos a los planes de cada país para resolver los problemas de la población romaní antes de finales de esta década; pide un apoyo sostenido de la Unión Europea para la aplicación de las medidas planeadas;

  9. Subraya la importancia de promover la 'buena gobernanza', combatiendo eficazmente la corrupción que mina los esfuerzos para consolidar el Estado de Derecho y garantizando el necesario apoyo de la sociedad civil a la política gubernamental; pide a todos los países candidatos que, antes de la conclusión de las negociaciones de adhesión, sometan al Parlamento, a la Comisión y al Consejo un informe sobre la corrupción y la delincuencia organizada que recoja las medidas pasadas y en curso y formule compromisos firmes relativos a los planes de cada país para combatir la corrupción y la delincuencia organizada en lo sucesivo;

  10. Insiste en el hecho de que las muy variadas reformas económicas, jurídicas, sociales y medioambientales en los países candidatos serán beneficiosas para el progreso de estos países y terminarán proporcionando a los ciudadanos un mayor nivel de vida y mejores perspectivas para el futuro; pide a la Comisión que garantice la práctica del diálogo social como parte del acervo y del modelo social europeo;

  11. Reitera la importancia de un elevado nivel de seguridad nuclear en los países candidatos a la adhesión y subraya que el cierre de los reactores considerados no adaptables a un coste razonable que funcionan en Bulgaria, Lituania y Eslovaquia debe ajustarse a los Acuerdos de Asociación para la Adhesión y el Memorando de acuerdo conexo; señala que la exigencia de la Unión de que se cierren rápidamente estos reactores se ha convertido en parte integrante de la posición común de la Unión en el contexto de las negociaciones de la Conferencia sobre la adhesión en el capítulo energético; reitera que, en lo que respecta a los demás reactores, la Unión ha subrayado en repetidas ocasiones la importancia de un elevado nivel de seguridad nuclear de conformidad con las exigencias y prácticas ampliamente aplicadas en la Unión;

  12. Expresa su deseo de que los países candidatos encuentren en el seno de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ayuda técnica y científica y de que se les asocie lo más rápidamente posible a los trabajos del foro consultivo de esta misma Autoridad para permitir que todos los consumidores europeos y de los países candidatos se beneficien de la misma calidad sanitaria;

    30.10.2003 ES C 261 E/535Diario Oficial de la Unión Europea Jueves, 13 de junio de 2002

  13. Subraya que el proceso de ampliación no debería implicar ningún riesgo susceptible de dar lugar a normas inferiores de seguridad alimentaria o a peligros para los consumidores europeos y, en consecuencia y con respecto a las negociaciones pendientes sobre el capítulo 7 relativo a la agricultura, insiste no sólo en la transposición del acervo sino también en el cumplimiento de medidas tales como:

    -- controles en las fronteras exteriores, -- normas de protección con respecto a la EEB, -- normas para las instalaciones de transformación de alimentos, -- normas relativas al bienestar de los animales;

  14. Pide a la Comisión que fomente una efectiva representación de los consumidores apoyando el desarrollo de asociaciones y facilitándoles instrumentos que garanticen una representación independiente que debería representar el papel de un 'contrapoder' a las autoridades oficiales responsables de la política de los consumidores y facilitar una información satisfactoria a los consumidores;

  15. Subraya el hecho de que la cooperación...

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