Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de marzo de 2016, sobre Egipto, en particular el caso de Giulio Regeni (2016/2608(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

9.2.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 50/42

El Parlamento Europeo,

— Vistas sus Resoluciones anteriores relativas a Egipto, en particular las de 17 de diciembre de 2015 (1) y de 15 de enero de 2015 (2),

— Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de la UE de 21 de agosto de 2013 y de 10 de febrero de 2014 sobre Egipto,

— Visto el Acuerdo de Asociación UE-Egipto,

— Vistas las directrices de la UE sobre la pena de muerte, sobre la tortura, sobre la libertad de expresión y sobre los defensores de los derechos humanos,

— Vista la respuesta de 27 de octubre de 2015 de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) a la pregunta escrita E-010476/2015 sobre el apoyo militar de la UE y los Estados miembros a Egipto,

— Vista la Constitución de Egipto y, en particular, sus artículos 52 (sobre la tortura) y 93 (sobre el carácter vinculante del Derecho internacional humanitario),

— Vistos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, de los que Egipto es parte,

— Vista la declaración de la comisión egipcia para los derechos humanos y las libertades, que ha denunciado la desaparición de 1 700 personas en manos de las fuerzas estatales de seguridad en 2015,

— Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

  1. Considerando que, según información disponible, Giulio Regeni, un estudiante de doctorado en la Universidad de Cambridge italiano de 28 años de edad, desapareció el 25 de enero de 2016 después de haber salido de su casa en El Cairo; que su cuerpo fue hallado el 3 de febrero de 2016 cerca de una carretera en la periferia de El Cairo;

  2. Considerando que las autoridades egipcias ordenaron realizar la autopsia antes de la repatriación de su cadáver a Italia, donde investigadores italianos realizaron su propia autopsia, cuyos resultados aún no se han hecho públicos; considerando que las autoridades egipcias han asegurado que no tienen nada que esconder sobre este homicidio, que están igualmente interesadas en conocer la verdad y que están dispuestas a cooperar plenamente con sus homólogos italianos en la investigación en curso;

  3. Considerando que, de acuerdo con los informes de los medios de comunicación y del embajador italiano en El Cairo, el Sr. Regeni recibió una brutal paliza y fue sometido a múltiples formas de tortura; que el ministro italiano del Interior señaló que el cuerpo presentaba signos de «algo inhumano, como si fuera un animal, una violencia inaceptable»;

  4. Considerando que el Sr. Regeni estaba realizando una investigación en El Cairo sobre el desarrollo de sindicatos independientes en el Egipto post-Mubarak y post-Morsi y mantenía contactos con opositores al gobierno;

  5. Considerando que el caso de Giulio Regeni es...

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