Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de febrero de 2021, sobre la situación de los derechos humanos en Kazajistán (2021/2544(RSP))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

17.11.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 465/147

— Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2019, sobre la situación de los derechos humanos en Kazajistán (1) y sus anteriores resoluciones sobre Kazajistán, incluidas las de 18 de abril de 2013 (2), 15 de marzo de 2012 (3) y 17 de septiembre de 2009 (4),

— Visto el Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzado (ACC Reforzado) entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Kazajistán, por otra, firmado en Astaná el 21 de diciembre de 2015 y que entró en vigor el 1 de marzo de 2020 tras su ratificación por todos los Estados miembros,

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de junio de 2019, sobre la nueva Estrategia de la UE para Asia Central,

— Visto el informe por país sobre Kazajistán recogido en el Informe anual 2019 de la UE sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo,

— Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura,

— Vistas la 17.a reunión del Consejo de Cooperación UE-Kazajistán, celebrada el 20 de enero de 2020, la 12.a reunión del Diálogo UE-Kazajistán sobre Derechos Humanos, de los días 26 y 27 de noviembre de 2020, y la 18.a reunión del Comité de Cooperación UE-Kazajistán, del 25 de septiembre de 2020,

— Visto el examen periódico universal sobre Kazajistán del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 12 de marzo de 2020,

— Visto el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,

— Vistas las declaraciones del portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) de 1 de febrero de 2021 sobre la creciente presión ejercida sobre las ONG de derechos humanos en Kazajistán, de 11 de enero de 2021 sobre las elecciones parlamentarias en Kazajistán, y de 7 de enero de 2021 sobre las medidas para abolir la pena de muerte,

— Vista la declaración de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) sobre sus resultados y conclusiones preliminares en relación con las elecciones en Kazajistán de 10 de enero de 2021,

— Visto el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,

  1. Considerando que en las últimas semanas se ha observado un deterioro preocupante de la situación general de los derechos humanos y una represión contra las organizaciones de la sociedad civil en Kazajistán, con la imposición de duras restricciones de los derechos a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación; que la sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos que trabajan en Kazajistán han sido sometidas a una presión y una penalización crecientes por parte de las autoridades del país, lo que obstaculiza los esfuerzos de reforma y limita la labor esencial de la sociedad civil;

  2. Considerando que, el 21 de diciembre de 2015, la Unión Europea y Kazajistán firmaron un Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzado (ACC Reforzado) al objeto de ofrecer un marco amplio para un diálogo político más profundo y una cooperación en materia de justicia, asuntos de interior y en otros muchos ámbitos; que este Acuerdo hace especial hincapié en la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos, las libertades fundamentales, el desarrollo sostenible y la cooperación con la sociedad civil; que el ACC Reforzado entró en vigor el 1 de marzo de 2020 tras su ratificación por todos los Estados miembros;

  3. Considerando que la nueva Estrategia de la UE para Asia Central incide en el compromiso de la Unión con Asia Central en cuanto la protección y promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluida la libertad de asociación y expresión, y la creación de un entorno propicio para la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos; que la Unión proporciona una importante ayuda a Kazajistán en relación con la COVID-19, incluido su reciente apoyo financiero a un envío de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de más de 8 000 kg de suministros médicos el 29 de enero de 2021;

  4. Considerando que el SEAE ha calificado las elecciones parlamentarias del 10 de enero de 2021 en Kazajistán como una oportunidad perdida para demostrar la aplicación eficaz de reformas políticas y su proceso de modernización desde las últimas elecciones, mientras que las recomendaciones formuladas desde hace tiempo por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE sobre diversas cuestiones siguen sin abordarse, entre ellas las relacionadas con las libertades fundamentales, la imparcialidad de la administración electoral, el derecho al sufragio activo y pasivo, la inscripción de votantes, los medios de comunicación y la publicación de los resultados electorales; que, según las conclusiones preliminares de la OSCE/OIDDH y de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE, el marco jurídico en Kazajistán todavía no permite celebrar elecciones de acuerdo a las normas internacionales;

  5. Considerando que las deficiencias sistémicas en relación con el respeto de la libertad de asociación, de reunión y de expresión siguen restringiendo el panorama político y que la falta de una pugna política real y de grupos de oposición política —no se ha inscrito ningún nuevo partido desde 2013— deja a los votantes sin una verdadera posibilidad de elección; que las elecciones democráticas son la piedra angular de la realización de reformas políticas y la construcción de una sociedad libre y abierta;

  6. Considerando que dos movimientos de oposición, el Koshe Partiyasy y la Opción Democrática de Kazajistán, fueron prohibidos en virtud de resoluciones judiciales secretas que los califican de organizaciones «extremistas» sin derecho de apelación; que diecisiete dirigentes del Koshe Partiyasy han sido enviados a centros de prisión preventiva de conformidad con el artículo 405 y el artículo 182 del Código Penal de Kazajistán y corren el riesgo de sufrir largas penas de prisión; que presos acusados de respaldar a la Opción Democrática de Kazajistán siguen cumpliendo sus penas de prisión; que veintiséis presos políticos —incluidos Almat Zhumagulov, Aset Abishev, Kenzhebek Abishev, Askhat Zheksebayev, Kairat Klyshev, Yerbol Yeskhozin, Abai Begimbetov, Asel Onlabekkyzy, Yerkin Sabanshiyev, Zhanat Zhamaliyev, Diana Baimagambetova, Noyan Rakhimzhanov y Askar Kayyrbek— han sido víctimas de persecución política en relación con su apoyo a estos movimientos;

  7. Considerando que el Partido Democrático, partido opositor que no está registrado, no fue autorizado a participar en estas elecciones, ya que el 22 de febrero de 2020 las autoridades impidieron que celebrase su congreso fundacional en Almaty; que, sin celebrar un congreso de este tipo, es imposible que un partido se registre; que miembros del Partido Democrático se enfrentaron a presiones por parte de las autoridades, ya que algunos de ellos fueron detenidos por supuestas violaciones administrativas y otros no pudieron viajar al lugar del congreso;

  8. Considerando que, durante la campaña...

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