Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de febrero de 2020, sobre el Informe Anual 2018 del Banco Central Europeo (2019/2129(INI))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.7.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 294/33

— Visto el Informe Anual 2018 del Banco Central Europeo (BCE),

— Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y del BCE, y en particular su artículo 15,

— Vistos el artículo 127, apartados 1 y 2, el artículo 130 y el artículo 284, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Vista la audiencia de la candidata a la presidencia del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, celebrada el 4 de septiembre de 2019,

— Visto el diálogo monetario entre el Parlamento Europeo y Mario Draghi, presidente del Banco Central Europeo, de 23 de septiembre de 2019,

— Visto el informe del grupo de trabajo del G7 sobre criptomonedas estables, de 18 de octubre de 2019, titulado «Investigating the impact of global stablecoins» (Investigación sobre el impacto de las criptomonedas estables de alcance mundial),

— Vistos los Comentarios del BCE sobre las observaciones formuladas por el Parlamento Europeo en su Resolución sobre el Informe Anual 2017 del BCE,

— Visto el informe definitivo del grupo de expertos de alto nivel sobre finanzas sostenibles, de 31 de enero de 2018, titulado «Financing a Sustainable European Economy» (Financiar una economía europea sostenible),

— Vista su Resolución, de 29 de mayo de 2018, sobre finanzas sostenibles (1) y su Resolución legislativa, de 28 de marzo de 2019, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles (2),

— Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),

— Visto el Acuerdo de París del Convenio marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC),

— Visto el artículo 142, apartado 1, de su Reglamento interno,

— Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A9-0016/2020),

  1. Considerando que, según las previsiones económicas de otoño de 2019 de la Comisión, las últimas cifras de 2019 reflejan una desaceleración del crecimiento del PIB que pasa, en la zona del euro, del 1,9 % en 2018 al 1,1 % en 2019 y, en la UE-27, del 2,1 % en 2018 al 1,4 % en 2019, debido a la reciente escalada de las tensiones comerciales, a la consiguiente incertidumbre y al Brexit;

  2. Considerando que, según las cifras de Eurostat, la tasa de desempleo en agosto de 2019 fue del 6,2 % en la Unión y del 7,4 % en la zona del euro, siendo estas las tasas más bajas desde julio de 2008; que la tasa de desempleo sigue siendo desigual dentro de la Unión; que la elevada tasa de desempleo juvenil, que dobla la tasa global, sigue constituyendo un grave problema que debe atajarse en la Unión; que persisten desigualdades regionales extraordinarias en materia de desempleo, tanto dentro de los Estados miembros como entre ellos;

  3. Considerando que, según las proyecciones macroeconómicas de los expertos del Eurosistema de septiembre de 2019, se espera que la inflación anual del índice de precios de consumo armonizado (IPCA) para la zona del euro alcance el 1,2 %, el 1,0 % y el 1,5 % en 2019, 2020 y 2021, respectivamente, sin conseguir, por tanto, mantener las tasas de inflación por debajo pero cerca del 2 %; que las previsiones de inflación muestran diferencias sustanciales dentro de la zona del euro;

  4. Considerando que al acabar 2018 el balance del Eurosistema había alcanzado un nivel sin precedentes de 4,7 billones EUR, superando así el 40 % del PIB de la zona del euro, con un aumento del 4,25 % (0,2 billones) en comparación con las cifras de finales de 2017;

  5. Considerando que en 2018 el beneficio neto del BCE ascendió a 1 575 000 millones EUR, frente a los 1 275 000 millones EUR de 2017; que este aumento puede atribuirse principalmente al incremento de los ingresos netos por intereses obtenidos en la cartera de dólares estadounidenses y en la cartera del programa de compra de activos;

  6. Considerando que una posición reforzada del euro y su mayor uso como moneda de reserva aumentarían la capacidad de la Unión para definir su orientación monetaria con independencia de otras potencias mundiales y constituirían un elemento fundamental para salvaguardar la soberanía económica europea;

  7. Considerando que, para que el euro vea reforzado su posición mundial, la zona del euro debe antes demostrar que es capaz de superar una recesión sin que ninguno de sus Estados miembros recurra a quitas (voluntarias o no) de deuda pública;

  8. Considerando que el artículo 127, apartado 5, del TFUE encomienda al SEBC contribuir al mantenimiento de la estabilidad financiera;

    I. Considerando que las pymes, que siguen siendo el pilar de la economía y la sociedad de la Unión y refuerzan la cohesión económica y social, necesitan mayor apoyo;

  9. Considerando que la emisión mundial de bonos verdes ha pasado de menos de 1 000 millones EUR en 2008 a más de 120 000 millones EUR en 2017, y que la emisión neta de bonos verdes denominados en euros se ha multiplicado por diez desde 2013; que la distancia entre los diferenciales de los bonos verdes y los del sector industrial en su conjunto se ha ido reduciendo gradualmente;

  10. Considerando que, a pesar de esta tendencia positiva, los bonos verdes siguen representando solo el 1 % de la oferta global de bonos denominados en euros;

    L. Considerando que el volumen de transacciones efectuadas con monedas virtuales ha aumentado drásticamente y constituye un desafío al predominio de los sistemas tradicionales de monedas de curso legal; que las monedas virtuales son medios de pago alternativos, pero no son de curso legal;

  11. Considerando que, según el Eurobarómetro de diciembre de 2018, el respaldo popular al euro aumentó hasta el 75 % en 2018;

    1. Acoge con satisfacción la labor del BCE para salvaguardar la estabilidad del euro; destaca que la independencia estatutaria del BCE, establecida en los Tratados, es indispensable para cumplir el mandato que se le ha encomendado de mantener la estabilidad de los precios;

    2. Destaca que el euro no es un mero proyecto económico, sino también un proyecto político; resalta la irreversibilidad de la moneda única; pone de relieve la obligación, establecida en los...

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