Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de diciembre de 2017, sobre el estado de las negociaciones con el Reino Unido (2017/2964(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

11.10.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 369/32

El Parlamento Europeo,

— Vistas su Resolución, de 5 de abril de 2017, sobre las negociaciones con el Reino Unido a raíz de la notificación por la que declara su intención de retirarse de la Unión Europea (1), y su Resolución, de 3 de octubre de 2017, sobre el estado de las negociaciones con el Reino Unido (2),

— Vistos las orientaciones del Consejo Europeo (artículo 50), de 29 de abril de 2017, consecutivas a la notificación del Reino Unido en virtud del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea (TUE), y el anexo de la Decisión del Consejo, de 22 de mayo de 2017, que establece las directrices de negociación de un acuerdo con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el que se establecen las modalidades de su retirada de la Unión Europea,

— Visto el informe conjunto de los negociadores de la Unión Europea y del Gobierno del Reino Unido, de 8 de diciembre de 2017, sobre los avances realizados durante la primera fase de las negociaciones en virtud del artículo 50 del TUE sobre la retirada ordenada del Reino Unido de la Unión Europea,

— Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

  1. Considerando que el objetivo de las negociaciones iniciadas entre la Unión Europea y el Reino Unido de conformidad con el artículo 50 del TUE es organizar una retirada ordenada del Reino Unido de la Unión Europea, teniendo en cuenta el marco de relaciones futuras del Reino Unido con la Unión, una vez deje de ser uno de sus Estados miembros;

  2. Considerando que la consecución de una retirada ordenada requiere que las negociaciones estén estrictamente escalonadas de modo que las cuestiones ligadas a la separación derivadas de la inminente retirada del Reino Unido se aborden en una primera fase, antes de que las negociaciones puedan pasar a una segunda fase;

  3. Considerando que las tres cuestiones más importantes de la separación son, con diferencia, las relativas a los derechos de los ciudadanos de la Unión residentes en el Reino Unido y de los ciudadanos del Reino Unido que residen en la UE-27, a la frontera entre Irlanda e Irlanda del Norte y las circunstancias únicas y especiales que afronta la isla de Irlanda, y a la liquidación de las obligaciones financieras del Reino Unido para con la Unión;

  4. Considerando que debe avanzarse lo suficiente con respecto a estas tres cuestiones relativas a la separación antes de que las negociaciones puedan pasar a la segunda fase, y que esto debe lograrse lo más rápidamente posible para que quede suficiente tiempo para la segunda fase de las negociaciones;

  5. Considerando que en el informe conjunto de los negociadores de la Unión Europea y del Gobierno del Reino Unido se indica que se ha avanzado lo suficiente;

  6. Considerando que, en cuanto a los derechos de los ciudadanos, el Reino Unido ha aceptado lo siguiente: — que todos los ciudadanos de la Unión que residen legalmente en el Reino Unido y los nacionales del Reino Unido que residen legalmente en un Estado miembro de la UE-27, así como sus respectivas familias en el momento de la retirada, podrán disfrutar del conjunto de derechos establecidos en el Derecho de la Unión, e interpretados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sobre la base de medidas de protección que se precisarán en el acuerdo de retirada,

    — que, además, los miembros del núcleo familiar de los ciudadanos y las personas que mantengan una relación estable con estos y que residan actualmente fuera del Estado de acogida estarán protegidos por el acuerdo de retirada, como lo estarán también los niños que nazcan en el futuro y...

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