Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de septiembre de 2016, sobre la aplicación del objetivo temático «Mejora de la competitividad de las pymes» (artículo 9, apartado 3, del Reglamento sobre disposiciones comunes) (2015/2282(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

13.6.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 204/49

El Parlamento Europeo,

— Visto el artículo 9, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 sobre disposiciones comunes, relativo al objetivo temático de mejorar la competitividad de las pymes,

— Visto el artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 sobre disposiciones comunes, relativo a los instrumentos financieros apoyados por los Fondos EIE,

— Vista su Posición, de 15 de abril de 2014, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la participación de la Unión Europea en un programa de investigación y desarrollo, emprendido por varios Estados miembros, destinado a apoyar a las pymes que realizan actividades de investigación y desarrollo (1),

— Vista su Resolución, de 5 de febrero de 2013, sobre la mejora del acceso de las PYME a la financiación (2),

— Vista la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, relativa a la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales,

— Vista su Resolución, de 19 de mayo de 2015, sobre las oportunidades de crecimiento ecológico para las pymes (3),

— Visto el programa COSME para las pequeñas y medianas empresas,

— Vistas la encuesta del Eurobarómetro sobre las pymes, la eficiencia en el uso de recursos y los mercados verdes (Flash Eurobarómetro 381), y la encuesta sobre el papel de las ayudas públicas a la hora de comercializar las innovaciones (Flash Eurobarómetro 394),

— Vista su Resolución, de 4 de diciembre de 2008, sobre las medidas para mejorar el entorno de las pymes en Europa — «Small Business Act» (4),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 25 de junio de 2008, titulada «Pensar primero a pequeña escala — “Small Business Act” para Europa: iniciativa en favor de las pequeñas empresas» (COM(2008)0394),

— Vista la Carta Europea de la Pequeña Empresa, adoptada por el Consejo Europeo de Santa Maria de Feira los días 19 y 20 de junio de 2000,

— Vista su Resolución, de 16 de febrero de 2011, sobre las cuestiones prácticas relativas a la revisión de los instrumentos de la UE para prestar apoyo financiero a las PYME en el próximo período de programación (5),

— Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2012, sobre las «Pequeñas y medianas empresas (pymes): competitividad y oportunidades comerciales» (6),

— Vista su Resolución, de 14 de enero de 2014, sobre la especialización inteligente: interconexión de centros de excelencia para una política de cohesión eficiente» (7),

— Vista su Resolución, de 9 de septiembre de 2015, sobre inversión para el empleo y el crecimiento: promover la cohesión económica, social y territorial en la Unión (8),

— Vista la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) (9),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de junio de 2014, titulada «La investigación y la innovación como fuentes de crecimiento renovado» (COM(2014)0339),

— Visto el sexto informe de la Comisión sobre la cohesión económica, social y territorial, de 23 de julio de 2014, titulado «Inversión para el empleo y el crecimiento»,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de noviembre de 2014, titulada «Un Plan de Inversiones para Europa» (COM(2014)0903),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de octubre de 2011, titulada «Política industrial: Refuerzo de la competitividad» (COM(2011)0642),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 9 de noviembre de 2011, titulada «Pequeñas empresas en un mundo grande: una nueva asociación que ayude a las pymes a aprovechar oportunidades globales» (COM(2011)0702),

— Visto el Informe de la Comisión, de 23 de noviembre de 2011, titulado «Reducción al mínimo de la carga normativa para las pymes: adaptación de la normativa de la UE a las necesidades de las microempresas» (COM(2011)0803),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de febrero de 2011, titulada «Revisión de la “Small Business Act” para Europa» (COM(2011)0078),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 6 de octubre de 2010, titulada «Contribución de la Política Regional al crecimiento inteligente en el marco de Europa 2020» (COM(2010)0553),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 14 de diciembre de 2015, titulada «Invertir en crecimiento y empleo: maximizar la contribución de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos» (COM(2015)0639),

— Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 30 de mayo de 2013, titulado «Cerrar la brecha de la innovación» (10),

— Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 7 de octubre de 2014, titulado «Medidas de apoyo a la creación de ecosistemas de nuevas empresas de alta tecnología» (11),

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Desarrollo Regional (A8-0162/2016),

  1. Considerando que la política de cohesión es el principal instrumento para la inversión en crecimiento y la creación de empleo en la Unión, con un presupuesto que supera los 350 000 millones EUR hasta 2020; que los resultados tangibles de la inversión en política de cohesión pueden contribuir a modelar el crecimiento actual y futuro de las regiones dentro los Estados miembros;

  2. Considerando que, como consecuencia de la crisis económica y financiera, en muchos Estados miembros han aumentado los niveles de pobreza y exclusión social, así como el desempleo de larga duración, el desempleo juvenil y las desigualdades sociales, y que, por lo tanto, las pymes pueden desempeñar un papel importante y pertinente en la recuperación de Europa;

  3. Considerando que, en la Unión, 23 millones de pequeñas y medianas empresas (pymes), que representan aproximadamente el 99 % de todas las empresas, contribuyen de manera fundamental al crecimiento económico, la cohesión social, la innovación y la creación de empleo de alta calidad, proporcionando más de 100 millones de puestos de trabajo que generan dos de cada tres empleos en el sector privado y manteniendo el doble de la tasa de crecimiento del empleo que las grandes empresas; que solo el 13 % de las pymes europeas desarrollan actividades comerciales y realizan inversiones en los mercados mundiales;

  4. Considerando que las pymes europeas son muy diversas e incluyen un importante número de microempresas de carácter local, que operan a menudo en sectores tradicionales, un número cada vez mayor de empresas emergentes y de empresas innovadoras de rápido crecimiento, así como empresas de la economía social centradas en objetivos y grupos específicos; que los problemas de estos tipos de empresas son diferentes y, por lo tanto, sus necesidades también lo son; que la simplificación de las legislaciones europeas, nacionales y regionales es fundamental para facilitar a las pymes el acceso al crédito;

  5. Considerando que las pymes presentan un nivel elevado de adaptación al cambio y tienen la capacidad de seguir el ritmo del avance tecnológico;

  6. Considerando que el microcrédito, que se dirige principalmente a los microempresarios y las personas desfavorecidas que quieren trabajar por cuenta propia, es esencial para superar los obstáculos de acceso a los servicios bancarios tradicionales y que Jasmine (Acción conjunta para apoyar a las instituciones microfinancieras en Europa) y el eje Microfinanciación y emprendimiento social del EaSI pueden...

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