Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de septiembre de 2016, sobre los Objetivos estratégicos de la UE para la Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que se celebrará en Johannesburgo (Sudáfrica) del 24 de septiembre al 5 de octubre de 2016 (2016/2664(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

13.6.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 204/136

El Parlamento Europeo,

— Considerando la gravedad del declive de la biodiversidad mundial, que constituye la sexta extinción masiva de especies,

— Considerando la función de los bosques y los macizos forestales tropicales, que constituyen la primera reserva mundial de diversidad biológica terrestre y un marco vital esencial para las especies de la fauna y la flora silvestres y para las poblaciones autóctonas;

— Vista la próxima Decimoséptima reunión de la Conferencia de las Partes (CP 17) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que se celebrará en Johannesburgo (Sudáfrica) del 24 de septiembre al 5 de octubre de 2016,

— Vista la Resolución 69/314 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) sobre la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres, de 30 de julio de 2015,

— Vistas las preguntas al Consejo y a la Comisión sobre los objetivos clave de la Conferencia de las Partes de la CITES de Johannesburgo (Sudáfrica) del 24 de septiembre al 5 de octubre de 2016 (O-000088/2016– B8-0711/2016, O-000089/2016 — B8-0712/2016),

— Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

  1. Considerando que la CITES es el acuerdo mundial vigente más amplio en materia de conservación de la vida silvestre, y que cuenta con 181 Partes, incluidos la Unión Europea y sus 28 Estados miembros;

  2. Considerando que el objetivo de la CITES es garantizar que el comercio internacional de animales y plantas salvajes no represente una amenaza para la supervivencia de las especies en estado salvaje;

  3. Considerando que, según la lista roja de especies amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y los Recursos Naturales (UICN), más de 23 000 especies, que representan aproximadamente el 30 % de las 79 837 especies evaluadas por la UICN, están en peligro de extinción;

  4. Considerando que el bosque tropical húmedo acoge entre el 50 % y el 80 % de las especies animales y vegetales terrestres; que esos medios se encuentran hoy especialmente amenazados, en particular por la comercialización de las especies y la explotación de las maderas tropicales y el subsuelo; que la deforestación y la venta ilegal de madera representan un auténtico desastre para la preservación de la flora y la fauna en los macizos forestales;

  5. Considerando que la pesca intensiva, la caza comercial y también la explotación no regulada de microorganismos y recursos del subsuelo marino perjudican la biodiversidad marina;

  6. Considerando que numerosas especies objeto de la caza de trofeos registran un grave declive de población; que los Estados miembros de la Unión han declarado, en un período de diez años, la importación como trofeos de caza de unos 117 000 ejemplares de especies silvestres inscritas en los anexos CITES;

  7. Considerando que el tráfico de especies silvestres se ha convertido en una forma de delincuencia organizada transnacional con importantes efectos negativos en la biodiversidad y en las condiciones de vida de las poblaciones locales, ya que les impide disfrutar de una renta legal, lo que genera inseguridad e inestabilidad;

  8. Considerando que el comercio ilegal de especies silvestres se ha convertido en el cuarto mercado negro, después del de las drogas, los seres humanos y las armas; que internet ha adquirido una importancia crucial para facilitar el tráfico de especies silvestres; que también los grupos terroristas recurren a este tráfico para financiarse; que el nivel de las sanciones y condenas para los delitos de tráfico de especies silvestres es insuficiente;

    I. Considerando que la corrupción desempeña un papel de primer orden en el tráfico de especies silvestres;

  9. Considerando que las pruebas indican que especímenes capturados en el medio silvestre se blanquean mediante el uso fraudulento de permisos de la CITES y autorizaciones para la cría en cautividad;

  10. Considerando que la Unión es un importante mercado de destino y de tránsito para el comercio ilícito de especies silvestres, especialmente aves, tortugas, reptiles y especies de flora (1) que figuran en los apéndices de la CITES;

    L. Considerando que cada vez hay más especies exóticas comercializadas de forma ilícita que se utilizan como animales domésticos, tanto en Europa como a nivel internacional; que la fuga de estos animales puede dar lugar a una proliferación incontrolada, con consecuencias para el medio ambiente, la salud pública y la economía;

  11. Considerando que la Unión Europea y sus Estados miembros proporcionan un apoyo financiero y logístico a la CITES, y para abordar el comercio ilícito de especies silvestres en muchos terceros países;

  12. Considerando que las especies que aparecen en la CITES se mencionan en los apéndices en función de su estado de conservación y sus niveles de comercio internacional, y que el Apéndice I incluye las especies en peligro de extinción para las cuales está prohibido el comercio, mientras que el Apéndice II incluye las especies cuyo comercio debe controlar para evitar un uso incompatible con su supervivencia;

  13. Considerando que las especies que aparecen en el Apéndice I de la CITES están muy protegidas y que está prohibido todo comercio de las especies que aparecen en la lista; considerando que cualquier permiso para vender especies o productos confiscados (por ejemplo, marfil, huesos de tigre o cuernos de rinoceronte) afectaría al objetivo de la Convención CITES;

  14. Considerando que son imprescindibles los esfuerzos por aumentar la transparencia en el proceso de toma de decisiones;

    1. Acoge con satisfacción la adhesión de la Unión a la CITES; considera la adhesión un paso fundamental para garantizar que la Unión pueda alcanzar los objetivos más amplios de sus políticas medioambientales y la regulación del comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestres, promoviendo las políticas de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 de la ONU;

    2. Se felicita, en particular, por que la Unión participe por primera vez como parte y respalda las propuestas presentadas por la Unión y sus Estados miembros, especialmente las resoluciones sobre la corrupción y los trofeos de caza, la extensión de la protección de la CITES a una serie de especies importadas en la Unión, notablemente como animales de compañía, y las enmiendas presentadas a la Resolución 13.7 (Rev. CoP 14) relativa al control del comercio de artículos personales y bienes del hogar;

    3. Destaca que la adhesión de la Unión Europea a la CITES ha hecho que su estatus dentro de esta sea más transparente con respecto a otras Partes de esta; considera que se trata de una medida lógica y necesaria garantizar que la Unión Europea sea totalmente capaz de alcanzar sus objetivos de sus políticas medioambientales; recuerda que la adhesión permite que la Comisión, en nombre de la Unión, manifieste una posición coherente de la Unión en las cuestiones relativas a la CITES y ejerza un papel importante en las negociaciones en el marco de las Conferencias de las Partes;

    4. Destaca que la Unión Europea empezó a formar parte de la CITES en 2015 y que en la Conferencia de las Partes (CP) de la CITES participará en la votación con veintiocho votos sobre cuestiones que son competencia de la Unión; a este respecto, apoya las modificaciones del Reglamento de la CP que reflejan el texto de la Convención CITES con respecto a la votación por organizaciones regionales de integración económica y que son coherentes con lo que ha estado en vigor en otros acuerdos internacionales durante muchos años, se opone a que los votos de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT