Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2017, sobre el Informe de 2016 de la Comisión sobre Albania (2016/2312(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

18.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 252/122

El Parlamento Europeo,

— Visto el Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Albania, por otra,

— Vistas las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Salónica celebrado los días 19 y 20 de junio de 2003 relativas a las posibilidades de adhesión a la Unión Europea de los países de los Balcanes Occidentales,

— Vistas la decisión del Consejo Europeo, de 26 y 27 de junio de 2014, de conceder a Albania el estatuto de país candidato a la adhesión a la Unión, así como las conclusiones del Consejo de 15 de diciembre de 2015,

— Vistas las conclusiones de la Presidencia de 13 de diciembre de 2016,

— Vista la octava reunión del Consejo de Estabilización y Asociación entre Albania y la Unión, celebrada en Bruselas el 8 de septiembre de 2016,

— Vistas la declaración final de la Presidencia de la Cumbre de los Balcanes Occidentales de París, de 4 de julio de 2016, y las recomendaciones de las organizaciones de la sociedad civil para la Cumbre de París de 2016,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 9 de noviembre de 2016, titulada «Comunicación sobre la política de ampliación de la UE en 2016» (COM(2016)0715), acompañada del documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «Informe de 2016 sobre Albania» (SWD(2016)0364),

— Vistas las conclusiones conjuntas del sexto diálogo de alto nivel sobre las prioridades clave adoptadas el 30 de marzo de 2016 en Tirana,

— Vistos los informes finales de la OSCE/OIDDH sobre las elecciones parlamentarias de 2013 y las elecciones locales de 2015,

— Visto el informe de la OSCE sobre el seguimiento de los juicios administrativos de 2015,

— Vistas las recomendaciones adoptadas en la undécima reunión de la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE-Albania, celebrada en Bruselas los días 7 y 8 de noviembre de 2016,

— Vistas sus anteriores resoluciones sobre Albania,

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0023/2017),

  1. Considerando que Albania ha avanzado en el cumplimiento de los criterios políticos para convertirse en Estado miembro y ha realizado progresos constantes en las cinco prioridades clave para la apertura de las negociaciones de adhesión; que es indispensable que se sigan llevando a la práctica, entre otros, el paquete relativo a la reforma judicial, la reforma electoral y la denominada Ley de despenalización, con objeto de reforzar la confianza de los ciudadanos en las instituciones públicas y en sus representantes políticos;

  2. Considerando que persisten problemas a los que es necesario responder de forma rápida y eficaz con un espíritu de diálogo, cooperación y compromiso entre el Gobierno y la oposición para garantizar que Albania siga avanzando en la senda de la adhesión a la Unión;

  3. Considerando que el diálogo político constructivo y sostenible entre las fuerzas políticas sobre las reformas relacionadas con la Unión es fundamental para seguir avanzando en el proceso de adhesión a la Unión;

  4. Considerando que en Albania existe un consenso político y un amplio apoyo popular en lo tocante al proceso de adhesión a la Unión;

  5. Considerando que las negociaciones de adhesión son un poderoso incentivo para la adopción y aplicación de reformas relacionadas con la adhesión;

  6. Considerando que la reforma judicial sigue siendo clave para avanzar en el proceso de adhesión de Albania a la Unión;

  7. Considerando que en 2017 se celebrarán en Albania elecciones presidenciales y parlamentarias;

  8. Considerando que la protección de la libertad religiosa, el patrimonio cultural, los derechos de las minorías y la administración de la propiedad son algunos de los valores fundamentales de la Unión;

    1. Considerando que la Unión ha destacado la necesidad de reforzar la gobernanza económica, el Estado de Derecho y las capacidades de administración pública en todos los países de los Balcanes Occidentales;

  9. Considerando que las autoridades albanesas han adoptado un enfoque positivo en materia de cooperación regional, tendente a favorecer el desarrollo de las infraestructuras, la lucha contra el terrorismo, los intercambios comerciales y la movilidad de los jóvenes;

    1. Celebra los progresos constantes realizados por Albania con respecto a las reformas relacionadas con la Unión, en particular la adopción por consenso, en julio de 2016, de enmiendas constitucionales que abren la vía a una reforma profunda y global del poder judicial; destaca que, para seguir avanzando en el proceso de adhesión a la Unión, resulta fundamental no solo una adopción coherente de las reformas en lo relativo a las cinco prioridades clave, sino también que estas se apliquen plenamente y en el momento oportuno, así como un compromiso político constante; anima a Albania a que establezca un sólido historial en lo que respecta a esas reformas;

    2. Acoge favorablemente la recomendación de la Comisión para la apertura de las negociaciones de adhesión con Albania; apoya plenamente la adhesión de Albania a la Unión y pide que se inicien las negociaciones de adhesión tan pronto como se hayan hecho progresos verosímiles y continuados en la aplicación de la reforma judicial completa y la lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción, con el fin de mantener el impulso de las reformas; confía en que Albania consolide los avances realizados y mantenga el ritmo de los avances en el cumplimiento de todas las prioridades clave;

    3. Reitera que un diálogo constructivo, una cooperación política continuada, la confianza mutua y la voluntad de alcanzar compromisos resultan fundamentales para el éxito de las reformas y para todo el proceso de adhesión a la Unión; celebra, en este sentido, la aprobación de legislación para excluir a los autores de infracciones penales de cualquier cargo público; pide a todos los partidos políticos que redoblen sus esfuerzos por establecer un verdadero diálogo político y lograr una cooperación constructiva;

    4. Celebra la adopción por consenso de las enmiendas constitucionales en materia de reforma judicial y la adopción de disposiciones legislativas relativas a la reorganización institucional del poder judicial, la fiscalía y el Tribunal Constitucional; pide que se aprueben y apliquen rápidamente y de forma creíble todas las leyes y normativas de acompañamiento, en particular la Ley sobre la reevaluación de los jueces, fiscales y asesores jurídicos (procedimiento de habilitación) y el paquete de proyectos de ley necesarios para aplicar la reforma del sistema judicial; toma nota de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad de la Ley de habilitación tras un dictamen favorable de la Comisión de Venecia; reitera que una reforma judicial completa es una demanda importante de los ciudadanos de Albania para restablecer su confianza en sus representantes políticos y en las instituciones públicas, y que la credibilidad y eficacia del proceso global de reformas, incluida la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada, dependen del éxito del proceso de habilitación y de la aplicación de la reforma judicial; recuerda que la adopción y ejecución de la reforma es fundamental para la lucha contra la corrupción y esencial para afianzar el Estado de Derecho y mejorar el respeto efectivo de los derechos fundamentales en el país, también con miras a aumentar la confianza de todos los ciudadanos en el sistema judicial;

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