Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2017, sobre el informe anual sobre la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo 2017 (2016/2248(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

18.7.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 252/164

El Parlamento Europeo,

— Vistas su Resolución, de 25 de febrero de 2016, sobre la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo 2016 (1), y la respuesta de la Comisión, adoptada el 27 de abril de 2016,

— Vistas su Resolución, de 11 de marzo de 2015, sobre la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo 2015 (2), y la respuesta de la Comisión, adoptada el 3 de junio de 2015,

— Vistas su Resolución, de 25 de febrero de 2014, sobre la gobernanza del mercado único en el marco del Semestre Europeo 2014 (3), y la respuesta de la Comisión, adoptada el 28 de mayo de 2014,

— Vistas su Resolución, de 7 de febrero de 2013, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la gobernanza del mercado único (4), y la respuesta de la Comisión, adoptada el 8 de mayo de 2013,

— Vista su Resolución, de 26 de mayo de 2016, sobre la estrategia para el mercado único (5),

— Vista su Resolución, de 26 de mayo de 2016, sobre barreras no arancelarias en el mercado único (6),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de noviembre de 2015, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2016 — Refuerzo de la recuperación y fomento de la convergencia» (COM(2015)0690),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de noviembre de 2016, sobre el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2017 (COM(2016)0725),

— Vistos la Comunicación de la Comisión, de 28 de octubre de 2015, titulada «Mejorar el mercado único: más oportunidades para los ciudadanos y las empresas» (COM(2015)0550), y el informe de la Comisión sobre la integración del mercado único y la competitividad de la UE y de los Estados miembros (SWD(2015)0203),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 6 de mayo de 2015, titulada «Una Estrategia para el Mercado Único Digital de Europa» (COM(2015)0192),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de junio de 2012, titulada «Mejorar la gobernanza del mercado único» (COM(2012)0259),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de junio de 2012, sobre la aplicación de la Directiva de servicios (COM(2012)0261), en su versión actualizada de octubre de 2015,

— Visto el estudio de septiembre de 2014 titulado «The Cost of Non-Europe in the Single Market» (El coste de la no Europa en el mercado único), elaborado por encargo de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de octubre de 2015, titulada «Medidas destinadas a realizar la Unión Económica y Monetaria» (COM(2015)0600),

— Visto el estudio de septiembre de 2014 titulado «Indicators for Measuring the Performance of the Single Market — Building the Single Market Pillar of the European Semester» (Indicadores para medir el rendimiento del mercado interior — Construir el pilar del mercado único del Semestre Europeo), elaborado por encargo de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor,

— Visto el estudio de septiembre de 2014 titulado «Contribution of the Internal Market and Consumer Protection to Growth» (Contribución del mercado interior y la protección del consumidor al crecimiento), elaborado por encargo de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor,

— Vista la edición en línea de julio de 2016 del Cuadro de indicadores del mercado único,

— Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 17 y 18 de marzo de 2016,

— Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de 28 de junio de 2016,

— Visto el Protocolo (n.o 1) sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea,

— Visto el Protocolo (n.o 2) sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (A8-0016/2017),

  1. Considerando que la consecución de un mercado único más completo y justo será fundamental para crear nuevos puestos de trabajo, promover la productividad y asegurar un clima propicio a la inversión y la innovación, así como un entorno favorable a los consumidores;

  2. Considerando que para ello se requiere un nuevo esfuerzo en toda Europa que incluya la pronta finalización y ejecución de las diferentes estrategias del mercado único, en particular la Estrategia para el mercado único digital;

  3. Considerando que este esfuerzo renovado también debe abordar las implicaciones del brexit, en particular para la libre circulación de bienes y servicios, el derecho de establecimiento, la unión aduanera y el acervo del mercado interior en general;

  4. Considerando que, desde la crisis económica que comenzó en 2008, la Unión sigue enfrentándose a un período de estancamiento con una lenta recuperación económica, elevadas tasas de desempleo y vulnerabilidades sociales; que, con un espíritu más positivo, el lema del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento (EPAC) para 2016 fue «Refuerzo de la recuperación y fomento de la convergencia»;

  5. Considerando que en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento (EPAC) para 2017 se reitera la necesidad de lograr una recuperación económica inclusiva en la que se tenga en cuenta la dimensión social del mercado único, y que en ese estudio también se hace hincapié en la necesidad de que Europa invierta masivamente en su juventud y en las personas en busca de empleo, así como en sus empresas emergentes y pymes;

  6. Considerando que, a pesar de la recuperación económica, el desempleo sigue siendo excesivamente elevado en muchas zonas de Europa, y que la prolongación de la fase de alto desempleo tiene un importante coste social en numerosos Estados miembros;

  7. Considerando que el Semestre Europeo tiene como objetivo mejorar la coordinación de las políticas económicas y presupuestarias en la Unión, con el fin de promover la estabilidad, fomentar el crecimiento y el empleo y reforzar la competitividad, en consonancia con los objetivos de justicia social y protección de los miembros más vulnerables de la sociedad; que dicho objetivo no se ha conseguido;

  8. Considerando que el mercado único es una de las piedras angulares de la Unión y constituye una de sus realizaciones fundamentales; que, para que el Semestre Europeo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT