Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2016, sobre las masacres en la zona oriental de la República Democrática del Congo (2016/2770(RSP))
Section | Diario Oficial |
Issuing Organization | Parlamento Europeo |
9.3.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 91/2
El Parlamento Europeo,
— Vistas sus anteriores resoluciones sobre la República Democrática del Congo y, en particular, las de 10 de marzo de 2016 (1) y 9 de julio de 2015 (2),
— Vista la Resolución de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, de 15 de junio de 2016, sobre la situación en el período previo a las elecciones y en materia de seguridad en la República Democrática del Congo,
— Vistas la declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de su portavoz sobre la situación en la República Democrática del Congo,
— Vistas las declaraciones de la Delegación de la Unión en la República Democrática del Congo sobre la situación de los derechos humanos en el país,
— Vistas las conclusiones del Consejo sobre la República Democrática del Congo, de 23 de mayo de 2016,
— Visto el Informe anual de la Unión sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo en 2014, adoptado por el Consejo el 22 de junio de 2015,
— Vista la carta abierta dirigida el 14 de mayo de 2016 por grupos de la sociedad civil en los territorios de Beni, Butembo y Lubero al presidente de la República Democrática del Congo,
— Vistas las Declaraciones de Nairobi de diciembre de 2013,
— Visto el Marco de Paz, Seguridad y Cooperación para la República Democrática del Congo y la Región, firmado en Adís Abeba en febrero de 2013,
— Vistas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la República Democrática del Congo, en particular la Resolución 2198 (2015) sobre la renovación del régimen de sanciones a la República Democrática del Congo y el mandato del Grupo de Expertos y la Resolución 2277 (2016), por la que se renovaba el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (Monusco) por un año,
— Visto el informe del Grupo de Expertos de las Naciones Unidas, de 23 de mayo de 2016, sobre la República Democrática del Congo,
— Visto el Informe anual del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos y las actividades de la Oficina Conjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la República Democrática del Congo, de 27 de julio de 2015,
— Vistas las decisiones y las órdenes dictadas por la Corte Internacional de Justicia,
— Visto el comunicado de prensa conjunto emitido el 2 de septiembre de 2015 por el equipo de enviados internacionales y representantes para la región de los Grandes Lagos sobre las elecciones en la República Democrática del Congo,
— Vista la declaración del presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 9 de noviembre de 2015, sobre la situación en la República Democrática del Congo,
— Vistos los informes, de 9 de marzo de 2016, del secretario general de las Naciones Unidas sobre la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo y la aplicación del Marco de Paz, Seguridad y Cooperación para la República Democrática del Congo y la Región,
— Visto el Acuerdo de Asociación de Cotonú revisado,
— Vista la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, de junio de 1981,
— Vista la Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza,
— Vista la Constitución congoleña, de 18 de febrero de 2006,
— Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su...
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