Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2016, sobre la estrategia de la UE en relación con Irán tras el acuerdo nuclear (2015/2274(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

19.6.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 215/86

El Parlamento Europeo,

— Vista la declaración conjunta realizada por la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, y el ministro iraní de Asuntos Exteriores, Mohamad Yavad Zarif, el 16 de abril de 2016 en Teherán,

— Vista la Resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada el 20 de julio de 2015,

— Vistas las conclusiones del Consejo relativas al acuerdo sobre el programa nuclear de Irán, de 20 de julio de 2015,

— Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Irán, en particular las de 10 de marzo de 2011, sobre el enfoque de la Unión acerca de Irán (1), de 14 de junio de 2012, sobre la situación de las minorías étnicas en Irán (2), de 17 de noviembre de 2011, sobre los recientes casos de violaciones de los derechos humanos en Irán (3), y de 3 de abril de 2014, sobre la estrategia de la Unión Europea respecto de Irán (4),

— Vistos el Marco Estratégico y el Plan de Acción de la Unión sobre Derechos Humanos y Democracia y los informes anuales de la Unión sobre los derechos humanos,

— Vistas sus anteriores Resoluciones relativas a los informes anuales de la Unión sobre los derechos humanos,

— vista su Resolución, de 8 de octubre de 2015, sobre la pena de muerte (5),

— Vistos el informe del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica de Irán, de 10 de marzo de 2016, sus recientes declaraciones del 20 de mayo y del 8 de junio de 2016, en las que expresaba su preocupación por el encarcelamiento de defensores de los derechos humanos y la reciente ola de incitación al odio hacia la comunidad bahaí, y el informe del Secretario General de las Naciones Unidas, de 3 de marzo de 2016, sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica de Irán,

— Vista la Resolución 70/173 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica de Irán (A/RES/70/173), aprobada el 17 de diciembre de 2015,

— Vista la declaración de la VP/AR, Federica Mogherini, sobre la ejecución de un delincuente juvenil en Irán, de 14 de octubre de 2015, y sobre la condena de la defensora de los derechos humanos iraní Narges Mohammadi, de 20 de mayo de 2016,

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Comercio Internacional (A8-0286/2016),

  1. Considerando que tras el acuerdo nuclear con Irán y los cambios políticos internos en el país ahora existe una nueva oportunidad para las reformas y para mejorar sus relaciones con la Unión;

  1. Considera que el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC), conocido también como el acuerdo nuclear con Irán, fue un logro importante para la diplomacia multilateral y para la diplomacia europea que permitirá no solo mejorar notablemente las relaciones entre Irán y la Unión, sino que también fomenta la estabilidad en toda la región; que todas las partes son ahora responsables de garantizar su aplicación estricta; celebra la creación de la comisión conjunta, compuesta por representantes de Irán y del E3/EU+3 (China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos, con la VP/AR); respalda plenamente a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad en su papel de coordinadora de la comisión conjunta establecida en virtud del PAIC, y cree que la estricta y plena aplicación del PAIC sigue revistiendo la máxima importancia;

  2. Celebra la visita a Irán, el 16 de abril de 2016, de la VP/AR Mogherini, junto con siete comisarios europeos, como un importante hito hacia el establecimiento de un programa ambicioso para las relaciones bilaterales entre la Unión e Irán en ámbitos de interés mutuo; observa que varias declaraciones de la Comisión y delegaciones de la Unión a Irán, la última compuesta por la Vicepresidenta / Alta Representante y siete comisarios, se han centrado en el comercio y los lazos económicos;

  3. Recuerda que la decisión del Consejo de levantar todas las sanciones impuestas a la República Islámica de Irán en relación con el ámbito nuclear, en aplicación de los compromisos asumidos en el Plan de Acción Integral Conjunto, permite reanudar la cooperación con Irán y creará oportunidades y ventajas para ambas partes, estableciendo la posibilidad de volver a abrir el mercado iraní a las empresas europeas; reitera que Irán cuenta con una importante población con un nivel de formación relativamente elevado y joven, tiene una de las composiciones del PIB más diversas de la región, necesita inversiones y representa un mercado potencial para productos europeos de alta calidad;

  4. Celebra la apertura en las relaciones con Irán; señala que el desarrollo de las relaciones UE-Irán debe ir a la par de la aplicación del acuerdo nuclear/PAIC; recuerda que, con arreglo a lo establecido en el acuerdo, un incumplimiento en su aplicación por parte de Irán puede dar lugar a la reintroducción de sanciones; pide que se establezca una relación renovada entre la Unión y sus Estados miembros con Irán, en la que ambas partes cooperen estrechamente en cuestiones bilaterales y multilaterales para garantizar una región más estable y la aplicación efectiva del acuerdo nuclear; considera que las relaciones entre la Unión e Irán deberían desarrollarse a través de un diálogo a distintos niveles con contactos políticos, diplomáticos, económicos, académicos, técnicos e interpersonales, que incluyan a actores de la sociedad civil, ONG y defensores de los derechos humanos; apoya la apertura de las relaciones entre la Unión e Irán en beneficio mutuo de ambas partes, sobre la base de una evaluación realista de los intereses comunes y de las diferencias, con el fin de alentar la expansión gradual de la cooperación en un clima de fomento de la confianza, sobre todo en beneficio del pueblo iraní y de los ciudadanos de la Unión; apoya, en este sentido, la adhesión de la Unión a un compromiso renovado con Irán basado en un diálogo de alcance global, cooperativo en los ámbitos en los que Irán y la Unión tienen intereses mutuos, crítico, abierto y franco en los ámbitos en los que hay discrepancias entre Irán y la Unión, pero en los que están buscando un punto común, y constructivo, en general, en el tono y en la práctica;

  5. Acoge con satisfacción los cambios institucionales realizados en el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) para reflejar los resultados del PAIC, en particular la creación de un grupo operativo sobre Irán en el SEAE con el objetivo de coordinar las diferentes vías de actuación de todas las cuestiones relacionadas con Irán; acoge con satisfacción las medidas adoptadas por el SEAE para el establecimiento de una delegación de la Unión en Teherán, tal y como se solicitó en anteriores resoluciones del PE, ya que permitirá que la Unión trabaje con las autoridades iraníes con el fin de mejorar el conocimiento público en el país sobre la propia Unión, contrarrestar los malentendidos y establecer una cooperación cada vez más fuerte entre la Unión e Irán; hace hincapié, en este sentido, en que el comercio y la inversión son competencias de la Unión, y que el establecimiento de una delegación de la Unión en Teherán facilitaría la cooperación entre la Unión e Irán en los ámbitos del comercio, la educación, la cultura, los derechos humanos y la sostenibilidad medioambiental, y contribuiría en gran medida a satisfacer las expectativas de ambas partes; destaca que Euronews en persa debería ser asimismo en el futuro un importante puente mediático entre la Unión y la audiencia de lengua persa;

  6. Recuerda que la Unión e Irán han decidido afrontar de manera constructiva las cuestiones que preocupan a ambos; pide que la estrategia de la Unión para un compromiso renovado con Irán se base, en un principio, en medidas de fomento de la confianza en ámbitos técnicos que creen precedentes positivos de colaboración entre la Unión e Irán y que puedan allanar el camino para una cooperación más significativa a largo plazo;

  7. Insiste en la importancia de que se desarrolle la dimensión parlamentaria de las relaciones entre la Unión e Irán como parte de la estrategia para restablecer la confianza mutua; reitera su apoyo, a este respecto, a la propuesta objeto de debate entre el Parlamento y el Majlis para un diálogo interparlamentario sobre la lucha contra el terrorismo, como reconocimiento de los desafíos comunes de la radicalización en Irán, en todo Oriente Próximo y en el seno de la propia Unión; acoge con satisfacción el diálogo político renovado entre la Unión e Irán, también por lo que respecta a los derechos humanos; alienta el desarrollo en el futuro de un diálogo sobre derechos humanos que incluya a representantes del poder judicial, las fuerzas de seguridad y la sociedad civil; reconoce que, si bien existe sospecha y desconfianza en ambas partes, también hay una larga historia entre muchos Estados miembros e Irán, y que este último tiene la ambición de tener buenas relaciones con la Unión, lo que ofrece el potencial para una relación basada en la confianza y el respeto mutuos; reconoce las complejidades de la propia política interna de Irán y reitera que la Unión no pretende interferir en las decisiones políticas internas en este país ni en ningún otro, sino que busca la cooperación basada en el respeto mutuo de las normas y los principios internacionales; opina que la plena normalización de las relaciones solo puede conseguirse en paralelo a la aplicación continuada del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) mediante un diálogo regular y continuo, y que la prioridad inmediata debe ser ampliar el alcance de las relaciones entre la Unión e Irán en ámbitos en los que existe un acuerdo común para hacerlo; considera, no obstante, que el objetivo final debe ser el establecimiento de una asociación...

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