Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2015, sobre la adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial celebrado entre la UE y sus Estados miembros y Colombia y Perú (2015/2656(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

27.10.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 366/144

El Parlamento Europeo,

— Vista la conclusión de las negociaciones entre la UE y Ecuador para su adhesión al Acuerdo comercial celebrado entre la UE y Colombia y Perú el 17 de julio de 2014,

— Vista la rúbrica del Protocolo, el 12 de diciembre de 2014, que autoriza a Ecuador a sumarse a sus vecinos Colombia y Perú en una relación comercial preferencial con la UE,

— Vista su Posición en primera lectura, de 17 de diciembre de 2014, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al trato arancelario a las mercancías originarias de Ecuador (1),

— Vista su Resolución legislativa, de 11 de diciembre de 2012, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra (2),

— Vista su Posición en primera lectura, de 11 de diciembre de 2012, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aplican la cláusula de salvaguardia bilateral y el mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Colombia y Perú (3),

— Vista su Resolución, de 13 de junio de 2012, sobre el Acuerdo comercial entre la UE y Colombia y Perú (4),

— Vistas su Resolución, de 5 de mayo de 2010, sobre la estrategia de la UE para las relaciones con América Latina (5) y su Resolución, de 21 de octubre de 2010, sobre las relaciones comerciales UE-América Latina (6),

— Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

  1. Considerando que la adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial con Colombia y Perú representa un paso decisivo en la alianza con importantes países que se caracterizan por su rápido crecimiento y sus ideas afines en una región que se está inclinando cada vez más hacia Asia y el Pacífico;

  2. Considerando que el texto del Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial celebrado con Colombia y Perú responde a las ambiciones tanto de la UE como de Ecuador al tener en cuenta la relación asimétrica en las ofertas de acceso a los mercados en beneficio de Ecuador y ajustarla al contenido del Acuerdo, pero incluyendo en su totalidad las adaptaciones específicas solicitadas por Ecuador;

  3. Considerando que el Gobierno de Ecuador ha invertido 40 800 millones de dólares estadounidenses en el sector social —en el acceso a la educación, la sanidad y la seguridad social — durante los últimos ocho años, con programas específicos en favor de los grupos más vulnerables como los niños, los ancianos y los discapacitados;

  1. Se felicita por la conclusión de las negociaciones con Ecuador sobre el Protocolo de Adhesión al Acuerdo comercial celebrado entre la UE, Colombia y Perú, reconociendo los importantes beneficios que aportará a las exportaciones de Ecuador a la UE, en particular teniendo en cuenta que no se beneficiará más del Sistema Generalizado de Preferencias unilateral de la UE; pide la entrada en vigor y la aplicación rápidas y completas de este acuerdo, que garantizará la protección de los ciudadanos y del medio ambiente al más alto nivel; considera que este acuerdo impulsará y diversificará el comercio y la inversión en ambos lados, funcionará como un importante motor de desarrollo económico y social y contribuirá a aliviar la pobreza y a reducir la desigualdad;

  2. Recuerda que, antes de conceder su aprobación al Acuerdo comercial de 11 de diciembre de 2012, el Parlamento pidió a los países andinos, en la Resolución de 13 de junio de 2012 anteriormente mencionada, que se garantizara la elaboración de un plan de acción transparente y vinculante sobre los derechos humanos, ambientales y laborales, y que condicionó su aprobación a la presentación por los Gobiernos colombiano y peruano de los correspondientes planes de acción para un desarrollo sostenible; insta a todos los socios a que aboguen por aplicar de forma efectiva los planes de acción sobre los derechos humanos, ambientales y laborales;

  3. Hace hincapié en la importancia de que Ecuador vele por que sus políticas concuerden con sus compromisos con la OMC y el Acuerdo comercial, y promueva una transparencia plena y unas consultas amplias con las partes interesadas antes de su adopción; pide, por consiguiente, a Ecuador que elimine a la mayor brevedad los obstáculos para el acceso a los mercados que se han detectado;

  4. Recuerda a la Comisión y al SEAE el papel que han de desempeñar para garantizar la aplicación efectiva de los planes de acción; recuerda a la Comisión que debe informar al Parlamento de manera adecuada de la aplicación de esos planes de acción y de las medidas que se han adoptado para asegurar su ejecución;

  5. Pide a la Comisión y al SEAE que presenten...

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