Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2015, sobre una nueva estrategia para el bienestar de los animales 2016-2020 (2015/2957(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

27.10.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 366/149

El Parlamento Europeo,

— Visto el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Visto el artículo 43 del TFUE sobre el funcionamiento de la política agrícola común y la política pesquera común,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de febrero de 2012, relativa a la estrategia de la Unión Europea para la protección y el bienestar de los animales 2012-2015 (COM(2012)0006),

— Vista su Resolución, de 4 de julio de 2012, relativa a la Estrategia de la Unión Europea para la protección y el bienestar de los animales 2012-2015 (1),

— Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

  1. Considerando que la legislación europea en el ámbito del bienestar de los animales contribuye a la igualdad de condiciones de competencia en la Unión y con ello al buen funcionamiento del mercado interior;

  2. Considerando que los ciudadanos europeos tienen un profundo interés en el bienestar de los animales y desean poder elegir con más conocimiento de causa como consumidores;

  3. Considerando que las normas nacionales en materia de bienestar de los animales no deben ser contrarias a los principios del mercado único de la UE;

  4. Considerando que el bienestar de los animales está interrelacionado con la salud de los animales y la salud pública;

  5. Considerando que, debido a su complejidad y a interpretaciones divergentes, las normas de la UE y nacionales en materia de bienestar de los animales generan inseguridad jurídica y pueden poner a los productores de algunos Estados miembros en una situación de acusada desventaja competitiva;

  6. Considerando que el nivel de bienestar de los animales en la UE es uno de los más elevados del mundo;

  7. Considerando que debe seguir mejorándose el bienestar de los animales sobre la base de los conocimientos científicos imperantes y teniendo debidamente en cuenta la eficiencia y la competitividad de la ganadería; que una definición de «buenas prácticas ganaderas» redundaría en beneficio de unas normas coherentes sobre el bienestar de los animales en toda la UE;

  8. Considerando que un nivel elevado de bienestar de los animales es importante para garantizar la sostenibilidad, aunque entraña inversiones y costes operativos adicionales que no se repercuten proporcionalmente a lo largo de la cadena agroalimentaria;

  1. Insta a la Comisión a que lleve a la práctica sin dilación los puntos pendientes de la estrategia de la...

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