Resolución del Parlamento Europeo, de 28 de noviembre de 2019, sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2019 (COP25) en Madrid (España) (2019/2712(RSP))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

16.6.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 232/30

— Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto,

— Visto el acuerdo adoptado en la 21.a Conferencia de las Partes de la CMNUCC (COP21) en París el 12 de diciembre de 2015 (Acuerdo de París),

— Vistos la 24.a Conferencia de las Partes en la CMNUCC (COP24), el 14.o período de sesiones de la reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CMP14) y la tercera parte del primer período de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París (CMA1.3), celebrada en Katowice (Polonia), del 2 al 14 de diciembre de 2018,

— Vista la decisión de la Mesa de la COP de la CMNUCC, de 1 de noviembre de 2019, por la que se acepta la propuesta formulada por el Gobierno de Chile, en su calidad de Presidencia entrante, de celebrar la COP25 en Madrid (España) del 2 al 13 de diciembre de 2019,

— Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),

— Vista la Cumbre sobre la Acción Climática organizada por el secretario general de las Naciones Unidas el 23 de septiembre de 2019,

— Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2018, sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2018 (COP24) en Katowice (Polonia) (1),

— Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2019, sobre el cambio climático — una visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra de conformidad con el Acuerdo de París (2),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de noviembre de 2018, titulada «Un planeta limpio para todos — La visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra» (COM(2018)0773),

— Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 20 de junio de 2019,

— Vistas las Conclusiones del Consejo de 4 de octubre de 2019,

— Visto el Plan de contribuciones nacionales de la UE y sus Estados miembros, transmitido el 6 de marzo de 2015 por Letonia y la Comisión Europea a la CMNUCC,

— Vistos el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) sobre el calentamiento global de 1,5 oC, su quinto informe de evaluación y su informe de síntesis, así como sus informes especiales sobre el cambio climático y la tierra y el océano y la criosfera en un clima cambiante,

— Visto el informe de referencia sobre adaptación de la Comisión Mundial sobre la Adaptación,

— Vistos el noveno informe de síntesis del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), de noviembre de 2018, titulado «Informe sobre la disparidad en las emisiones 2018», y su cuarto informe sobre la brecha de adaptación de 2018,

— Vista la evaluación de indicadores de la Agencia Europea de Medio Ambiente titulada «Economic losses from climate-related extremes in Europe» (Pérdidas económicas derivadas de fenómenos climáticos extremos en Europa), publicada el 2 de abril de 2019,

— Vistos la declaración de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) sobre el estado del clima mundial en 2018, de marzo de 2019, y el 14.o boletín de la OMM sobre los gases de efecto invernadero, de 22 de noviembre de 2018,

— Vista la Declaración de Silesia para la Solidaridad y la Reconversión Justa, la Declaración ministerial de Silesia «Bosques para el Clima» y la Asociación «Driving Change Together» (Impulsemos juntos el cambio) para potenciar la electromovilidad y los modos de transporte con cero emisiones, suscritas en paralelo a la Conferencia sobre el Clima COP24,

— Visto el resumen para responsables de políticas del informe de evaluación regional de la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES), de miércoles, 29 de mayo de 2019,

— Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2017, sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía (3),

— Visto el informe de síntesis de alto nivel de la última reunión en materia de información científica sobre el clima convocada por el Grupo Asesor Científico de la Cumbre sobre la Acción Climática 2019, titulado «United in Science» (Unidos en la ciencia),

— Vista la encuesta del Eurobarómetro de abril de 2019 sobre el cambio climático,

— Vistas las preguntas al Consejo (O-000029/2019 — B9-0055/2019) y a la Comisión (O-000030/2019 — B9-0056/2019) sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 2019 (COP25) en Madrid (España),

— Vistos el artículo 136, apartado 5, y el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

  1. Considerando que el Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre de 2016; y que a 19 de noviembre de 2019 habían depositado ante las Naciones Unidas sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión 187 de las 197 Partes en la CMNUCC;

  2. Considerando que la Unión y sus Estados miembros presentaron, el 6 de marzo de 2015, sus contribuciones previstas determinadas a nivel nacional a la CMNUCC, por las que se comprometen a alcanzar el objetivo vinculante de reducir al menos un 40 % las emisiones nacionales de gases de efecto invernadero de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 1990;

  3. Considerando que los compromisos contraídos hasta la fecha por los signatarios del Acuerdo de París no serán suficientes para alcanzar su objetivo común; y que las actuales contribuciones determinadas a nivel nacional presentadas por la Unión y sus Estados miembros no se ajustan a los objetivos establecidos en el Acuerdo de París y deben revisarse;

  4. Considerando que el informe del GIECC sobre el calentamiento de 1,5 oC demuestra que las repercusiones del aumento de la temperatura pueden ser significativamente menos graves con un aumento de 1,5 oC que con un aumento de 2 oC;

  5. Considerando que los cuatro últimos años (de 2015 a 2018) fueron los más cálidos de los registros de temperatura globales y que 2018 marcó un récord de emisiones de carbono mundiales; que julio de 2019 fue el mes más cálido del que se tiene registro, y que el año 2019 sigue la tendencia actual, con lo que el período 2015-2019 va camino de convertirse en el quinquenio más cálido del que se tiene constancia, según la OMM;

  6. Considerando que, según la OMM, la concentración mundial de CO2 era de 407,8 partes por millón (ppm) en 2018 —2,2 ppm mayor que en 2017—, y que las concentraciones de CO2 van camino de alcanzar o incluso superar las 410 ppm a finales de 2019;

  7. Considerando que se han celebrado manifestaciones por el clima en 185 países de todo el mundo como parte de un movimiento global, alcanzándose un récord de 7,6 millones de personas que salieron a la calle en septiembre de 2019 en la mayor movilización por el clima de la historia;

  8. Considerando que en el preámbulo del Acuerdo de París se reconoce la importancia de garantizar la integridad de todos los ecosistemas, incluidos los océanos, y que en el artículo 4, apartado 1, letra d), de la CMNUCC se insta a todas las Partes a fomentar la gestión sostenible, la conservación y el reforzamiento de los sumideros y depósitos de todos los gases de efecto invernadero, inclusive la biomasa, los bosques y los océanos, así como otros ecosistemas terrestres, costeros y marinos;

    I. Considerando que Chile, país que ocupará la Presidencia entrante de la COP25, ha manifestado que va a poner el énfasis en el papel de los océanos en la lucha contra el calentamiento global, y que esta decisión resulta especialmente pertinente a raíz de la publicación de un nuevo y alarmante informe del GEICC sobre el calentamiento de los océanos;

  9. Considerando que los bosques contribuyen de forma importante a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a dicho cambio; que los bosques en crecimiento absorben alrededor del 10 % de las emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión; que la deforestación representa casi el 20 % de las emisiones globales de gases de efecto invernadero y que se debe, en particular, a la expansión de la producción industrial de aceite de palma, soja y ganado, incluida la destinada al mercado de la Unión; y que la Unión debe reducir su contribución indirecta a la deforestación («deforestación incorporada») de la que es responsable;

  10. Considerando que el Parlamento ya ha solicitado a la Comisión en varias ocasiones —por ejemplo, en su Resolución de 14 de marzo de 2019 sobre el cambio climático— que examine la tarificación del CO2 en los sectores que aún están fuera de los regímenes de comercio de derechos de emisión de la Unión (RCDE UE);

    L. Considerando que el cambio climático afecta de forma desproporcionada a los países en desarrollo, a pesar de que emiten mucho menos CO2 que los países desarrollados;

    1. Recuerda que el cambio climático constituye uno de los retos más importantes para la humanidad y que todos los Estados y agentes a escala mundial deben hacer cuanto esté en su mano para combatirlo; subraya que la cooperación internacional oportuna, la solidaridad y un compromiso coherente y firme con la acción común son la única manera de cumplir nuestra responsabilidad colectiva de proteger el planeta en su conjunto;

    2. Observa que los graves riesgos del cambio climático se encuentran entre las principales preocupaciones de la población; recuerda que, según la encuesta del Eurobarómetro de 2019, el 93 % de los ciudadanos de la Unión consideran que el cambio climático es un problema grave; acoge con satisfacción que cada vez más personas en todo el mundo, en particular de las generaciones más jóvenes, se movilicen para luchar contra el cambio climático; y que exijan una mayor ambición colectiva, así como una rápida actuación que permita cumplir los objetivos del Acuerdo de París y no superar el límite de 1,5o C; insta tanto a los Gobiernos nacionales, regionales y locales como a la Unión a tener en cuenta estas exigencias;

    3. Es consciente de que el apoyo público es...

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