Resolución del Parlamento Europeo, de 29 de noviembre de 2018, sobre el Informe de 2018 de la Comisión sobre Serbia (2018/2146(INI))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

28.10.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 363/119

— Vistas las conclusiones de la Presidencia tras la reunión del Consejo Europeo de los días 19 y 20 de junio de 2003,

— Vistos la declaración de la Cumbre UE-Balcanes Occidentales, de 17 de mayo de 2018, y su Programa de Prioridades de Sofía,

— Vista la Decisión 2008/213/CE del Consejo (1), de 18 de febrero de 2008, sobre los principios, las prioridades y las condiciones que figuran en la Asociación Europea con Serbia y por la que se deroga la Decisión 2006/56/CE,

— Vistos el dictamen de la Comisión, de 12 de octubre de 2011, sobre la solicitud de adhesión de Serbia a la Unión Europea (SEC(2011)1208), la decisión del Consejo Europeo de 2 de marzo de 2012 de conceder a Serbia el estatuto de país candidato y la decisión del Consejo Europeo de los días 27 y 28 de junio de 2013 de entablar las negociaciones con Serbia,

— Visto el Acuerdo de Estabilización y Asociación (AEA) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros y la República de Serbia, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2013,

— Vistas la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, de 22 de julio de 2010, sobre la conformidad con el Derecho internacional de la declaración unilateral de independencia relativa a Kosovo, y la Resolución 64/298 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 9 de septiembre de 2010, que reconoce el contenido de dicha opinión consultiva y acoge con satisfacción la disposición de la Unión a facilitar el diálogo entre Serbia y Kosovo,

— Visto el Proceso de Berlín puesto en marcha el 28 de agosto de 2014,

— Vistas la declaración y las recomendaciones adoptadas en la octava reunión de la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE-Serbia, celebrada los días 13 y 14 de junio de 2018,

— Visto el informe final de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE/OIDDH) sobre su misión de observación electoral limitada en las elecciones parlamentarias anticipadas celebradas en Serbia el 29 de julio de 2016,

— Vista la misión de evaluación electoral de la OSCE/OIDDH sobre las elecciones presidenciales celebradas en Serbia el 2 de abril de 2017,

— Visto el Informe de 2018 de la Comisión sobre Serbia, de 17 de abril de 2018 (SWD(2018)0152),

— Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Una estrategia europea para un mayor crecimiento y empleo en el turismo costero y marítimo», de 6 de febrero de 2018 (COM(2018)0065),

— Vistas las conclusiones conjuntas del diálogo económico y financiero entre la Unión y los Balcanes Occidentales y Turquía, de 23 de mayo de 2017 (9655/17),

— Vista la cuarta reunión del Consejo de Estabilización y Asociación UE-Serbia, celebrada el 16 de noviembre de 2017,

— Vista la octava reunión de la Conferencia de Adhesión con Serbia a nivel ministerial, celebrada el 25 de junio de 2018,

— Vistos el informe de julio de 2015 del organismo de lucha contra la corrupción del Consejo de Europa (GRECO) sobre Serbia, y el informe de la Cuarta Ronda de Evaluación del GRECO sobre «Prevención de la corrupción respecto de parlamentarios, jueces y fiscales», de 20 de octubre de 2017,

— Vistas la evaluación de la Comisión, de 17 de abril de 2018, del programa de reforma económica de Serbia 2018-2020 (SWD(2018)0132) y las Conclusiones conjuntas del diálogo económico y financiero entre la UE y los Balcanes Occidentales adoptadas por el Consejo el 25 de mayo de 2018,

— Visto el Dictamen de la Comisión de Venecia sobre el proyecto de enmienda a las disposiciones constitucionales relativas al poder judicial, de 25 de junio de 2018,

— Visto el resultado de la encuesta de 2017 sobre la población romaní marginada en los Balcanes Occidentales, respaldada por la Comisión y realizada por el Banco Mundial y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,

— Visto el documento de trabajo conjunto de los servicios de la Comisión titulado «Igualdad de género y empoderamiento de la mujer: transformar la vida de mujeres y niñas a través de las relaciones exteriores de la UE (2016-2020)»,

— Vista su Resolución, de 14 de junio de 2017, sobre el Informe de 2016 de la Comisión sobre Serbia (2),

— Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

— Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0331/2018),

  1. Considerando que Serbia, como todos los países que aspiran a adherirse a la UE, ha de ser juzgada por sus propios méritos en lo que se refiere al cumplimiento, aplicación y conformidad respecto al mismo conjunto de criterios, y que la calidad de las reformas necesarias, así como la dedicación prestada a estas, determina el calendario de adhesión; que la adhesión es, y seguirá siendo, un proceso basado en los méritos, totalmente dependiente de los progresos objetivos realizados por cada país, incluida Serbia;

  2. Considerando que desde el inicio de las negociaciones con Serbia se han abierto catorce capítulos, dos de los cuales se han cerrado provisionalmente;

  3. Considerando que Serbia ha demostrado un compromiso consecuente con la normalización de las relaciones con Kosovo, que se ha traducido en el Primer acuerdo sobre los principios que rigen la normalización de las relaciones, de 19 de abril de 2013, y en los acuerdos de agosto de 2015; que Serbia ha seguido participando en el diálogo;

  4. Considerando que Serbia ha contribuido a reforzar la cooperación regional y las relaciones de buena vecindad, así como la paz y la estabilidad, la reconciliación y un clima propicio para abordar los problemas bilaterales pendientes del pasado;

  5. Considerando que Serbia ha mantenido su compromiso de crear una economía de mercado viable y ha seguido su trayectoria de cumplimiento de las obligaciones del AEA;

  6. Considerando que el Estado de Derecho es uno de los valores fundamentales en los que se basa la UE y ocupa un lugar central tanto en el proceso de ampliación como en el proceso de estabilización y de asociación; que se precisan reformas para hacer frente a los importantes retos pendientes en este ámbito, en particular para garantizar un poder judicial independiente, imparcial, eficaz y que rinda cuentas, y para luchar contra la corrupción y la delincuencia organizada, y proteger los derechos fundamentales;

  7. Considerando que Serbia ha ratificado todos los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, incluidos, en particular, el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de 1948 (n.o 87), el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva de 1949 (n.o 98) y el Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930 (n.o 29);

  8. Considerando que la situación relativa a la libertad de expresión y la independencia de los medios de comunicación sigue siendo un motivo de especial preocupación que es preciso abordar de forma decidida y eficaz con carácter prioritario;

  1. Considerando que Serbia se beneficia de la ayuda de preadhesión en el marco del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IPA II), con una dotación indicativa total de 722 millones de euros para el período 2014-2020; que una asignación indicativa revisada del IPA II para Serbia para el período 2018-2020 asciende a 728 millones de euros; que se ha concedido a Serbia una remuneración de rendimiento a medio plazo;

  1. Acoge con satisfacción el compromiso continuo de Serbia con la integración en la Unión Europea; pide a Serbia que, con el apoyo de la Comisión, promueva activamente esta decisión estratégica entre la opinión pública serbia y que siga aumentando la información oportuna y transparente y la visibilidad de la Unión y de los proyectos y programas que financia;

  2. Subraya que la aplicación rigurosa de las reformas y las políticas es un indicador clave del éxito del proceso de integración; pide a Serbia que mejore la planificación, la coordinación y el seguimiento de la aplicación de la nueva legislación y las nuevas políticas; celebra la adopción de una tercera revisión del programa nacional para la adopción del acervo de la UE y advierte de las consecuencias de transponer de forma inadecuada leyes importantes de la Unión...

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