Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de septiembre de 2015, sobre las carreras profesionales de las mujeres en los ámbitos científico y académico y los techos de cristal existentes (2014/2251(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

22.9.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 316/173

El Parlamento Europeo,

— Vistos los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y los artículos 8, 10, 19 y 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Vista la Convención de las Naciones Unidas, de 1979, sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer,

— Vista la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (1),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de septiembre de 2010, titulada «Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015» (COM(2010)0491),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2010, titulada «Un compromiso reforzado en favor de la igualdad entre mujeres y hombres. Una Carta de la Mujer» (COM(2010)0078),

— Visto el Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020), adoptado por el Consejo el 7 de marzo de 2011,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de septiembre de 2014, titulada «Espacio Europeo de Investigación — Informe 2014» (COM(2014)0575),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 17 de febrero de 1999, titulada «“Mujeres y ciencia” — Movilizar a las mujeres en beneficio de la investigación europea» (COM(1999)0076),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 17 de julio de 2012, titulada «Una asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento» (COM(2012)0392),

— Visto el informe de la Comisión, de 3 de septiembre de 2014, sobre las políticas de igualdad de género en la investigación pública, basado en un estudio de los miembros del Grupo de Helsinki (grupo consultivo de la Comisión en asuntos de género, investigación e innovación),

— Visto el documento «She Figures 2012», publicado por la Comisión en 2013, que contiene estadísticas e indicadores sobre género en el ámbito de la investigación y la innovación,

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 5 de diciembre de 2014, sobre el Informe 2014 relativo al Espacio Europeo de Investigación,

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 29 de mayo de 2015, sobre la Hoja de Ruta del Espacio Europeo de Investigación 2015-2020,

— Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2015, sobre los progresos en la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea en 2013 (2),

— Visto el Artículo 40 de la Convención de Estambul sobre la prevención y la lucha contra la violencia contra las mujeres,

— Vista su Posición, de 21 de noviembre de 2013, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) (3),

— Vista su Resolución, de 21 de mayo de 2008, sobre la mujer y la ciencia (4),

— Vista su Resolución, de 3 de febrero de 2000, sobre la comunicación de la Comisión «“Mujeres y ciencia” — Movilizar a las mujeres en beneficio de la investigación europea» (5),

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0235/2015),

  1. Considerando que la igualdad de género es un principio fundamental de la Unión Europea, consagrado en el Tratado de la Unión Europea, y uno de sus objetivos y cometidos;

  2. Considerando que la igualdad de género es una condición básica para que las mujeres y las niñas disfruten plenamente de sus derechos humanos y que resulta fundamental para su empoderamiento y para el logro de una sociedad sostenible e integradora; que, debido a un aprovechamiento insuficiente del capital humano, se están perdiendo potenciales ventajas para los negocios vinculados a la investigación y la innovación y para el desarrollo económico general, generándose, además, consecuencias sociales devastadoras;

  3. Considerando que es de suma importancia garantizar que las mujeres y los hombres sean socios igualitarios, tengan los mismos derechos y responsabilidades y gocen de las mismas oportunidades de trabajo, y que su contribución a la sociedad sea valorada y respetada por igual;

  4. Considerando que, según las estadísticas y los estudios disponibles, las mujeres están infrarrepresentadas en numerosos puestos científicos, de ingeniería y de gestión y en los niveles jerárquicos superiores, incluso en sectores en los que son mayoritarias, como el sector educativo; que las mujeres están sumamente infrarrepresentadas en los sectores educativos y las carreras vinculados a la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, y representan apenas el 24 % de los profesionales del campo de la ciencia y la ingeniería; que la representación femenina varía en función de la especialidad en las profesiones relacionadas con la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas y que la especialidad de química, por ejemplo, presenta un problema de retención, mientras que las especialidades de ingeniería y física presentan un problema de selección;

  5. Considerando que la ciencia juega un papel clave en la economía europea, y necesita un número cada vez mayor de equipos que puedan, entre otros, desarrollar la investigación innovadora, que es indispensable para el incremento de la productividad y de la competitividad, y que disponer de un número suficiente de personas con competencias en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas es una condición previa fundamental para poner en marcha la Agenda Europea para la Crecimiento y el Empleo y alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020; que se espera un aumento de la demanda de profesionales de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas hasta 2025, mientras que las últimas estadísticas disponibles revelan un envejecimiento del sector de la investigación; que el enriquecimiento mutuo entre las asignaturas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, por una parte, y las de arte y humanidades, por otra, ofrece un enorme potencial económico, social y cultural, y que las investigadoras e innovadoras se encuentran en una posición privilegiada para potenciar los vínculos entre la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, por una parte, y el arte y las humanidades, por otra; que las investigadoras constituyen un activo para la Unión Europea que requiere de todos los recursos disponibles para recuperarse definitivamente de la crisis económica y financiera y poder afrontar los cambios en el conjunto de la sociedad; que es necesario fomentar y facilitar el desarrollo de las carreras de las mujeres y una mayor presencia de los jóvenes, en particular mujeres estudiantes y docentes, en los campos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas;

  6. Considerando que hemos asistido a avances positivos en la situación de las mujeres investigadoras y que, en los últimos años, su porcentaje ha aumentado más rápidamente que el de los hombres, pero que sigue habiendo considerablemente menos investigadoras que investigadores, siendo esta disparidad más acusada en el sector privado;

  7. Considerando que las carreras académicas de las mujeres siguen marcadamente caracterizadas por una fuerte segregación vertical, y que el porcentaje de mujeres en los puestos académicos de mayor importancia es muy reducido; que, según la publicación «She Figures 2012», solo un 10 % de los rectores universitarios son mujeres;

  8. Considerando que pocos Estados miembros parecen tener disposiciones sobre igualdad de género en el marco jurídico que rige sus investigaciones, y que se presta poca atención a la integración de la dimensión de género en los programas nacionales de investigación;

    I. Considerando que las mujeres todavía encuentran obstáculos para crear sus propias empresas debido a la persistencia de prejuicios y estereotipos; que es necesario promover y apoyar una mayor capacidad de emprendimiento entre las mujeres y crear un entorno en el que las mujeres...

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