Resolución del Consejo, de 30 de junio de 1993, relativa a los regímenes flexibles de jubilación          

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Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

patch.asp?articulo=1.127226.3%3A80' class='lnk_art'>80 a 101 LPL, con las particularidades a que se refieren los artículos, 71 y 139 a 145 de la misma ley.

  1. La jurisprudencia recogida en el cuerpo de la presente demanda, sin perjuicio de la que durante el acto de la vista oral pueda invocarse.

  2. Los demás que sean de aplicación al caso debatido conforme al aforismo «da mihi factum, dabo tibi ius ».

En su virtud,

AL JUZGADO DE LO SOCIAL, SUPLICO: Que teniendo por presentada en forma y tiempo esta demanda con sus correspondientes copias, se la admita, y tras los trámites legales oportunos, dicte sentencia por la que se condene al Instituto Nacional de la Seguridad Social a que reconozca a la demandante una pensión vitalicia por viudedad en la cuantía de ................. pesetas mensuales, en justa proporción a los 15 años de convivencia matrimonial con D. ............................., más con las mejoras, revalorizaciones y diferencias a que por ley haya lugar, con efectos del día ...........

PRIMER OTROSI DIGO: Comparecerá la demandante al acto del juicio asistido de Letrado/a, designando a D./Dª ............................, con despacho abierto en ......................................... dirección que designa, conforme a lo previsto en el art. 80.1 e) LPL, para que en la misma se practiquen todas las diligencias derivadas de la presente demanda.

SEGUNDO OTROSI DIGO: A efecto de prueba interesa la confesión en juicio de la demandada Sra. ........................, debiéndosele efectuar las advertencias legales a que se refiere el art. 91 LPL.

TERCERO OTROSI DIGO: Que conforme lo dispuesto por el art. 142 LPL, se reclame de oficio a la entidad gestora o servicio común la remisión en plazo de diez días del expediente original o copia del mismo o de las actuaciones y, en todo caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el expediente administrativo nº ..............., con las advertencias legales a que se remite el art. 144 de la citada ley rituaria laboral.

CUARTO OTROSI DIGO: Que dando cumplimiento a lo ordenado por el art. 71 LPL, aporto con la presente demanda, original de la reclamación previa interpuesta ante la entidad gestora...

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