Resolución del Consejo, de 30 de junio de 1993, relativa a los regímenes flexibles de jubilación
Section | Resolution |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
patch.asp?articulo=1.127226.3%3A80' class='lnk_art'>80 a 101 LPL, con las particularidades a que se refieren los artículos, 71 y 139 a 145 de la misma ley.
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La jurisprudencia recogida en el cuerpo de la presente demanda, sin perjuicio de la que durante el acto de la vista oral pueda invocarse.
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Los demás que sean de aplicación al caso debatido conforme al aforismo «da mihi factum, dabo tibi ius ».
En su virtud,
AL JUZGADO DE LO SOCIAL, SUPLICO: Que teniendo por presentada en forma y tiempo esta demanda con sus correspondientes copias, se la admita, y tras los trámites legales oportunos, dicte sentencia por la que se condene al Instituto Nacional de la Seguridad Social a que reconozca a la demandante una pensión vitalicia por viudedad en la cuantía de ................. pesetas mensuales, en justa proporción a los 15 años de convivencia matrimonial con D. ............................., más con las mejoras, revalorizaciones y diferencias a que por ley haya lugar, con efectos del día ...........
PRIMER OTROSI DIGO: Comparecerá la demandante al acto del juicio asistido de Letrado/a, designando a D./Dª ............................, con despacho abierto en ......................................... dirección que designa, conforme a lo previsto en el art. 80.1 e) LPL, para que en la misma se practiquen todas las diligencias derivadas de la presente demanda.
SEGUNDO OTROSI DIGO: A efecto de prueba interesa la confesión en juicio de la demandada Sra. ........................, debiéndosele efectuar las advertencias legales a que se refiere el art. 91 LPL.
TERCERO OTROSI DIGO: Que conforme lo dispuesto por el art. 142 LPL, se reclame de oficio a la entidad gestora o servicio común la remisión en plazo de diez días del expediente original o copia del mismo o de las actuaciones y, en todo caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el expediente administrativo nº ..............., con las advertencias legales a que se remite el art. 144 de la citada ley rituaria laboral.
CUARTO OTROSI DIGO: Que dando cumplimiento a lo ordenado por el art. 71 LPL, aporto con la presente demanda, original de la reclamación previa interpuesta ante la entidad gestora...
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