Respuesta común a las preguntas escritas E-2322/99, E-2323/99 y E-2324/99

  1. ¿En qué medida participan científicos e investigadores así como funcionarios y otros agentes en el acuerdo de cooperación? 4. ¿Incluye el acuerdo también la investigación en el ámbito de la biotecnología y de la biotecnología militar? (2000/C 225 E/102) PREGUNTA ESCRITA E-2324/99 de Daniela Raschhofer (NI) a la Comisión (13 de diciembre de 1999) Asunto: Acuerdo sobre la cooperación científica y técnica entre la CE y la Federación Rusa.

    La Comisión ha propuesto la celebración de un acuerdo científico y técnico con la Federación Rusa. En el marco de ese acuerdo, se intensificarán la cooperación y los intercambios de puntos de vista en el ámbito de la investigación y del desarrollo.

    Como también constató la Comisión de Presupuestos, la Comisión deberá presentar informaciones más precisas al respecto.

    Se plantean las siguientes cuestiones, sin cuya respuesta, es imposible realizar un examen serio de la cuestión:

  2. ¿Qué contribución financiera aportan los socios rusos a las actividades de investigación? 2. ¿Existen análisis de la utilidad y de la rentabilidad de este tipo de acuerdos internacionales? En caso afirmativo, ¿a qué conclusiones llegan esos análisis? 3. ¿En qué medida participan científicos e investigadores así como funcionarios y otros agentes en el acuerdo de cooperación? 4. ¿Incluye el acuerdo también la investigación en el ámbito de la biotecnología y de la biotecnología militar? Respuesta común a las preguntas escritas E-2322/99, E-2323/99 y E-2324/99 dada por el Sr. Busquin en nombre de la Comisión (11 de enero de 2000) En todos los proyectos de cooperación científica y técnica iniciados en virtud de los distintos acuerdos, los socios de los terceros países han de encargarse de la financiación de sus propios costes de investigación.

    Por lo tanto, no se concede financiación alguna a los socios de terceros países en virtud de estos acuerdos.

    No obstante, de conformidad con las decisiones del Consejo y del Parlamento, y tal como era el caso antes de la entrada en vigor de estos acuerdos, China y Argentina siguen acogiéndose a financiación comunitaria en el marco del programa especial 'Investigación para el desarrollo'; en cuanto a Rusia, incluso tras la entrada en vigor del acuerdo, podrá seguir acogiéndose a financiación comunitaria para actividades INCOCopernicus e INTAS.

    Los acuerdos de cooperación C+T Comunidad-Argentina, Comunidad-China y Comunidad-Rusia no supondrán de por sí costes adicionales para el presupuesto...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT