Respuesta común a las preguntas escritas E-1425/00, E-1426/00 y E-1427/00

(2001/C 72 E/065) PREGUNTA ESCRITA E-1426/00 de Charles Tannock (PPE-DE) a la Comisión (5 de mayo de 2000) Asunto: Violaciones del Tratado (consolidado) ¿Admitiría la Comisión que el que un Estado miembro privara a un nacional de dicho Estado o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea del derecho a entrar libremente en ese mismo Estado miembro, constituiría un indicio suficiente de violación de los artículos 39 y 43 de la versión consolidada del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea que se refieren respectivamente a la libertad de circulación de personas, servicios y capitales y al derecho de establecimiento? (2001/C 72 E/066) PREGUNTA ESCRITA E-1427/00 de Charles Tannock (PPE-DE), John Bowis (PPE-DE),

Philip Bushill-Matthews (PPE-DE), Carlos Coelho (PPE-DE), Gianfranco Dell'Alba (TDI),

Carlo Fatuzzo (PPE-DE), Francesco Fiori (PPE-DE), Jacqueline Foster (PPE-DE),

José García-Margallo y Marfil (PPE-DE), Piia-Noora Kauppi (PPE-DE),

Mario Mantovani (PPE-DE), Adriana Poli Bortone (UEN), José Ribeiro e Castro (UEN),

Lennart Sacrédeus (PPE-DE), Dana Scallon (PPE-DE), Mariotto Segni (UEN),

Francesco Speroni (TDI), Robert Sturdy (PPE-DE), Margie Sudre (PPE-DE),

Geoffrey Van Orden (PPE-DE), Ari Vatanen (PPE-DE), Rainer Wieland (PPE-DE) y Jürgen Zimmerling (PPE-DE) a la Comisión (5 de mayo de 2000) Asunto: Papel de la Comisión en cuanto al respeto de los Tratados, con referencia específica a los descendientes varones de la Casa de Habsburgo y de la Casa de Saboya Teniendo en cuenta no sólo la obligación de la Unión, en virtud del artículo 6 de la versión consolidada del Tratado de la Unión Europea, de respetar 'los derechos fundamentales tal y como se garantizan en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales' sino también las disposiciones de los artículos 39 y 43 del Título III de la versión consolidada del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que tratan respectivamente de la libre circulación de las personas y del derecho de establecimiento, así como las obligaciones de la Comisión en virtud del artículo 211 de velar por la aplicación de las disposiciones del Tratado, ¿puede explicar la Comisión cómo ha llegado a la conclusión (tal como queda indicado en la respuesta del Sr. Vitorino a la pregunta escrita P-0475/00) (1) de que el asunto referido a las restricciones a la libre circulación impuestas a los descendientes varones de las Casas de Habsburgo y de...

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