Respuesta común a las preguntas escritas E-0374/02, E-0391/02 y E-0471/02

(2002/C 277 E/040) PREGUNTA ESCRITA E-0391/02 de Charles Tannock (PPE-DE) al Consejo (20 de febrero de 2002) Asunto: La aplicación de los Convenios de Ginebra relativos a los prisioneros de guerra Teniendo en cuenta el artículo 4 del Título I según el cual son prisioneros de guerra 'los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto, así como los miembros de las milicias y de los cuerpos de voluntarios que formen parte de estas fuerzas armadas' o 'los miembros de las otras milicias y de los otros cuerpos de voluntarios, incluidos los de movimientos de resistencia organizados, pertenecientes a una de las Partes en conflicto y que actúen fuera o dentro del propio territorio aunque este territorio esté ocupado, con tal de que estas milicias o estos cuerpos de voluntarios, incluidos estos movimientos de resistencia organizados', cumplan, entre otras, las siguientes condiciones:

tener un signo distintivo fijo reconocible a distancia, dirigir sus operaciones de conformidad con las leyes y costumbres de la guerra:

¿Considera el Consejo que los miembros de organizaciones terroristas como Al Qaeda entran dentro de la categoría de 'prisioneros de guerra' en virtud de los términos del Convenio de Ginebra de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra? ¿O considera el Consejo que el Gobierno norteamericano está en lo cierto al afirmar que los prisioneros retenidos en la actualidad en la Base Naval de los Estados Unidos en la Bahía de Guantánamo quedan fuera de la definición de 'prisioneros de guerra', y, por tanto, pueden ser interrogados, aun cuando deban recibir un trato humano de conformidad con lo establecido por el Derecho internacional habitual? (2002/C 277 E/041) PREGUNTA ESCRITA E-0471/02 de Carmen Cerdeira Morterero (PSE) al Consejo (22 de febrero de 2002) Asunto: Trato a los ciudadanos europeos presos en Guantánamo Se ha confirmado la presencia de ciudadanos europeos entre los presos que los Estados Unidos tienen en la base militar de Guantánamo. ¿Qué medidas tiene prevista la Presidencia española para verificar que las condiciones de reclusión de estos ciudadanos europeos se ajustan a la Convención de Ginebra sobre prisioneros de guerra? ¿Cuál es la posición de la Presidencia española en relación con el trato recibido por estos presos? ¿Tiene la Presidencia española previsto solicitar al Gobierno de los Estados Unidos información sobre la situación de estos presos? Respuesta común a las preguntas escritas E-0374/02...

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