Resumen de la Decisión de la Comisión, de 7 de mayo de 2018, por la que una operación de concentración se declara compatible con el mercado interior y el funcionamiento del Acuerdo EEE (Asunto M.8444 — ArcelorMittal/Ilva) [notificado con el número de documento C(2018) 2858]

SectionDiario Oficial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1.10.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 351/9

El 7 de mayo de 2018 la Comisión adoptó una Decisión sobre un asunto de concentración entre empresas, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento de concentraciones») (1) y, en particular, su artículo 8, apartado 2. Una versión no confidencial de la Decisión completa, si procede, en una versión provisional, puede consultarse en inglés en el sitio web de la Dirección-General de Competencia, en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/comm/competition/index_en.html

(1) El 21 de septiembre de 2017, la Comisión recibió notificación de una propuesta de operación de concentración, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (el «Reglamento de concentraciones»), por la cual ArcelorMittal SA («ArcelorMittal», «AM» o «la Parte notificante») adquiriría el control exclusivo de ciertos activos de Ilva S.p.A., sociedad consolidada, («Grupo Ilva») en Amministrazione Straordinaria («Ilva») (conjuntamente, las «Partes») (la «Operación»).

(2) La Operación constituye una concentración en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones.

(3) La Operación tiene una dimensión a escala de la Unión, ya que se alcanzan los umbrales de volumen de negocios establecidos en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento de concentraciones.

(4) El 18 de enero de 2018, la Comisión adoptó un pliego de cargos en el que planteaba preocupaciones preliminares por los efectos unilaterales y coordinados en la producción y el suministro de productos planos de acero al carbono laminados en caliente («HR»), laminados en frío («CR») y galvanizados («GS»). ArcelorMittal presentó su respuesta al pliego de cargos el 3 de febrero de 2018. La vista oral tuvo lugar el 8 de febrero de 2018.

(5) El 15 de marzo de 2018 ArcelorMittal presentó formalmente un paquete de medidas correctivas para abordar las reservas de la Comisión. Tras la prueba de mercado, la Parte notificante presentó un conjunto final de compromisos el 11 de abril de 2018 (los «Compromisos finales»).

(6) ArcelorMittal es el mayor productor de acero del mundo. Es una empresa multinacional dedicada a la producción de acero y la minería con sede en Luxemburgo, cuya actividad principal es la fabricación, distribución, comercialización y venta de productos de acero. Produce una gama de productos semielaborados y elaborados de acero, incluidos productos planos de acero al carbono. Suministra acero para diversas aplicaciones, entre ellas, la automoción, la construcción, los electrodomésticos y el embalaje.

(7) Ilva, con sede en Italia, es una de las empresas siderúrgicas más grandes de Europa activa en la producción, el procesamiento y la distribución de acero al carbono. Ilva opera plantas de acero en Italia (incluidas plantas en Taranto, Génova y Novi Ligure) y varios centros de servicio de acero («SSC») para la distribución de productos.

(8) La investigación de mercado reveló en la fase II que la Operación obstaculizaría de modo significativo la competencia efectiva en el mercado interior con respecto a los mercados para la producción y el suministro de HR, CR y GS.

(9) A fin de abordar las reservas de la Comisión sobre la competencia en los mercados de productos planos de acero al carbono HR, CR y GS, la Parte notificante presentó compromisos. Los Compromisos finales dan respuesta a las reservas de la Comisión.

(10) Supeditada al pleno cumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en los Compromisos finales, la Operación se declara compatible con el mercado interior y con el Acuerdo EEE y, en consecuencia, el 7 de mayo de 2018 se adoptó una decisión de autorización de conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento de concentraciones y el Artículo 57 del Acuerdo EEE.

(11) La Operación hace referencia a la producción y suministro de productos planos de acero al carbono, los cuales se fabrican en laminadoras a partir de planchas semielaboradas que pueden procesarse posteriormente. Los productos de HR se producen mediante el laminado en caliente y se pueden suministrar en varias formas: bobinas (engrasadas o no engrasadas, decapadas o sin decapar), chapas o cintas estrechas. Las bobinas de HR pueden después procesarse a un menor espesor mediante el laminado en frío para conseguir productos de CR. Por último, las bobinas pueden revestirse con capas delgadas de metales o pintura, obteniendo así GS, acero con...

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