Reglamento (CE) nº 2176/2005 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2005, por el que se fijan los precios de retirada y de venta comunitarios de los productos de la pesca enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) nº 104/2000 del Consejo para la campaña pesquera 2006

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 2176/2005 DE LA COMISIÓN

de 23 de diciembre de 2005

por el que se fijan los precios de retirada y de venta comunitarios de los productos de la pesca enumerados en el anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000 del Consejo para la campaña pesquera 2006

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 104/2000 del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (1), y, en particular, su artículo 20, apartado 3, y su artículo 22,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 104/2000 establece que los precios de retirada y de venta comunitarios de cada uno de los productos enumerados en el anexo I de dicho Reglamento deben fijarse en función de la frescura, la talla o el peso, así como de la presentación del producto mediante la aplicación del factor de adaptación para la categoría del producto correspondiente a un importe que no supere el 90 % del precio de orientación.

(2) En las zonas de desembarque muy alejadas de los principales centros de consumo de la Comunidad pueden aplicarse coeficientes de ajuste a los precios de retirada. Se han fijado los precios de orientación de todos los productos recogidos en el Reglamento (CE) no .../... del Consejo (2) para la campaña pesquera 2006.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los productos de la pesca.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los factores de adaptación utilizados para calcular los precios de retirada y de venta comunitarios a los que se refieren los artículos 20 y 22 del Reglamento (CE) no 104/2000, para la campaña pesquera 2006, de los productos enumerados en el anexo I de dicho Reglamento figuran en el anexo I.

Artículo 2

Los precios de retirada y de venta comunitarios válidos para la campaña pesquera 2006 y los productos a los cuales se refieren figuran en el anexo II.

Artículo 3

Los precios de retirada válidos para la campaña pesquera 2006 en las zonas de desembarque muy alejadas de los principales centros de consumo de la Comunidad y los productos a los que se refieren figuran en el anexo III.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2006.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 2005.

Por la Comisión Joe BORG

Miembro de la Comisión ES 30.12.2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 347/11

(1) DO L 17 de 21.1.2000, p. 22. Reglamento modificado por el Acta de adhesión de 2003.

(2) No publicado aún en el Diario Oficial.

ANEXO I

Factores de adaptación de los productos enumerados en las letras A, B y C del anexo I del Reglamento (CE) no 104/2000

Especie Talla (*) Factores de adaptación

Pescado, vaciado con cabeza (*) Pescado entero (*)

Extra, A (*) Extra, A (*)

Arenques de la especie Clupea harengus 1 0,00 0,47

2 0,00 0,72

3 0,00 0,68

4a 0,00 0,43

4b 0,00 0,43

4c 0,00 0,90

5 0,00 0,80

6 0,00 0,40

7a 0,00 0,40

7b 0,00 0,36

8 0,00 0,30

Sardinas de la especie Sardina pilchardus 1 0,00 0,51

2 0,00 0,64

3 0,00 0,72

4 0,00 0,47

Mielgas Squalus acanthias 1 0,60 0,60

2 0,51 0,51

3 0,28 0,28

Pintarrojas Scyliorhinus spp.

1 0,64 0,60

2 0,64 0,56

3 0,44 0,36

Gallinetas nórdicas Sebastes spp.

1 0,00 0,81

2 0,00 0,81

3 0,00 0,68

Bacalaos de la especie Gadus morhua 1 0,72 0,52

2 0,72 0,52

3 0,68 0,40

4 0,54 0,30

5 0,38 0,22

Carboneros Pollachius virens 1 0,72 0,56

2 0,72 0,56

3 0,71 0,55

4 0,61 0,30

Eglefinos Melanogrammus aeglefinus 1 0,72 0,56

2 0,72 0,56

3 0,62 0,43

4 0,52 0,36

Merlanes Merlangius merlangus 1 0,66 0,50

2 0,64 0,48

3 0,60 0,44

4 0,41 0,30

ES L 347/12 Diario Oficial de la Unión Europea 30.12.2005

Especie Talla (*) Factores de adaptación

Pescado, vaciado con cabeza (*) Pescado entero (*)

Extra, A (*) Extra, A (*)

Marucas Molva spp.

1 0,68 0,56

2 0,66 0,54

3 0,60 0,48

Caballas de la especie Scomber scombrus 1 0,00 0,72

2 0,00 0,71

3 0,00 0,69

(*) Las categorías de frescura, talla y presentación son...

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