Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Revisión de las directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional

SectionDictamen
Issuing OrganizationComité de las Regiones

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la 'Revisión de las directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional' (2006/C 31/07) EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Vista la decisión del Parlamento Europeo de 21 de abril de 2005 de consultarle sobre la 'Revisión de las directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional', de conformidad con el artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

Vista la decisión de su Presidente de 19 de mayo de 2005 de encargar a su Comisión de Política de Cohesión Territorial la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

Visto el documento de consulta no oficial de la DG Competencia de la Comisión Europea sobre la revisión de las directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional;

Vista la 'Comunicación de la Comisión -- Tercer Informe sobre la Cohesión Económica y Social' (COM(2004) 107 final);

Vista la 'Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión',

COM(2004)492 final -- 2004/0163 (AVC) y las otras propuestas de Reglamento de la Comisión Europea por el que se crea el Fondo de Cohesión, COM(2004) 494 final -- 2004/0166 (AVC) y relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), COM(2004) 495 final -- 2004/0167 (COD);

Visto su dictamen sobre el 'Tercer informe sobre la cohesión económica y social' (CDR 120/2004 fin) (1 );

Visto su dictamen sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo: Construir nuestro futuro común -- Retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013)' (CDR 162/2004 fin);

Vistas las conclusiones de los Consejos Europeos de Barcelona y Gotemburgo, donde los Estados miembros se comprometieron a reducir el nivel de ayudas estatales en la Unión Europea, orientándolas hacia asuntos de interés común, incluida la cohesión económica y social;

Visto su proyecto de dictamen (CDR 77/2005 rev. 1) aprobado el 29 de abril de 2005 por su Comisión de Política de Cohesión Territorial (ponente: Sr. ÁLVAREZ ARECES, Presidente del Principado de Asturias (ES/PSE);

Considerando 1) que el artículo 158 del Tratado CE define el objetivo de cohesión: 'A fin de promover un desarrollo armonioso del conjunto de la Comunidad, ésta desarrollará y proseguirá su acción encaminada a reforzar su cohesión económica y social', y que el artículo III-220 del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa amplía dicho objetivo, incorporando la dimensión territorial;

2) que, si bien de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Tratado CE, las ayudas estatales falsean como regla general la competencia (2 ), las ayudas de finalidad regional se justifican por estar reservadas a determinadas regiones concretas y tienen como objetivo específico el desarrollo de dichas regiones (3 );

3) que la existencia de un marco normativo sobre las ayudas de Estado de finalidad regional puede constituir un instrumento valioso para contribuir a reequilibrar la distribución de renta y riqueza en el territorio de la Unión, en el contexto del proyecto económico y social europeo y de esa forma crear una mejor base para el crecimiento económico sostenido;

4) que las ayudas regionales constituyen un factor que influye en la localización de las inversiones, si bien no aisladamente, y que el fenómeno de la deslocalización se produce tanto dentro del mercado interior europeo como a nivel global, la intervención de los poderes públicos mediante ayudas estatales debe examinarse desde una doble perspectiva: dentro del contexto europeo y tomando como referencia el fenómeno de la globalización;

7.2.2006 C 31/25Diario Oficial de la Unión EuropeaES (1 ) DO C 318, de 22.12.2004, p. 1 (2 ) Artículo 87 del Tratado CE.

(3 ) Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional (98/C74/06), DOCE C 74, de 10.3.98.

5) que, para alcanzar los objetivos de la estrategia de Lisboa, las ayudas regionales pueden constituir un instrumento adecuado para contribuir al desarrollo equilibrado de la política industrial en el conjunto de la UE y para lograr un crecimiento sostenible con creación de empleo de calidad;

ha aprobado en su 60o Pleno celebrado los días 6 y 7 de julio de 2005 (sesión del 7 de julio) el presente Dictamen.

  1. Puntos de vista del Comité de las Regiones 1. Generalidades El Comité de las Regiones 1.1 Considera que desde el punto de vista del cumplimiento de los objetivos de cohesión económica, social y territorial contemplados en el artículo 158 del Tratado CE, las ayudas de Estado de finalidad regional constituyen un instrumento del que pueden servirse las autoridades públicas a la hora de desarrollar su política económica y empresarial. Esta reconocida capacidad de las autoridades públicas debe ser coordinada, con el fin de evitar que los desequilibrios entre países y regiones sean aún mayores;

    1.2 Opina que unas ayudas estatales mejor orientadas deben tener tres objetivos claros:

    1. compensar las deficiencias de mercado sin falsear la competencia b. contribuir a disminuir los desequilibrios interterritoriales c. fomentar la competitividad de las empresas y de los territorios.

      Si bien para el primero y el segundo de los objetivos mencionados las ayudas regionales son un instrumento que se ha demostrado eficaz, tal y como se desprende de los estudios que obran en poder de la Comisión Europea, para el último pueden resultar más adecuadas las ayudas con finalidades más selectivas, como es el caso de la ayudas de carácter horizontal (I+D, medio ambiente, formación, empleo, PYME, etc.). No obstante, todas ellas deben estar coordinadas en sus objetivos y funcionamiento y estar dirigidas a conseguir los objetivos de cohesión en todo el territorio de la UE;

      1.3 Entiende que el conjunto de las ayudas que pueden concederse en un territorio determinado deben formar parte de planes estratégicos de desarrollo regional en los que se prioricen proyectos con una clara influencia en la dinamización del desarrollo regional. Estas ayudas influyen, junto con otros factores del entorno económico y empresarial, tanto en la localización de empresas como en la mejora de la competitividad regional;

      1.4 Opina que la política de cohesión ha obtenido en los últimos años resultados positivos y que las directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional, así como las directrices sobre ayudas multisectoriales a grandes proyectos de inversión, han contribuido a los objetivos marcados por la política regional europea. Para ello, el papel de la Comisión Europea de control de las ayudas otorgadas por las autoridades estatales resulta de gran importancia para las regiones menos prósperas;

      1.5 Considera que en aras de conseguir un desarrollo equilibrado entre los diferentes territorios de la Unión Europea, sería necesario tener en cuenta que existen principalmente dos problemáticas en base a las que se puede agrupar a las regiones europeas:

      -- las regiones con especiales dificultades para su desarrollo económico y para alcanzar el objetivo de convergencia a nivel europeo;

      -- las regiones que, con mejores índices de renta y riqueza que las anteriores, necesitan mejorar su capacidad competitiva, tanto en relación con las regiones más competitivas de Europa, como a nivel mundial.

    2. Valoración de las ayudas de Estado en los últimos años El Comité de las Regiones 1.6 Toma nota de que, tal y como se refleja en diversos estudios, en los últimos años se ha producido una tendencia a la disminución del volumen de ayudas en las regiones menos desarrolladas, mientras que las regiones más competitivas tienden a incrementar el nivel de apoyo a sus empresas mediante el desarrollo de diversos regímenes de ayuda estatal acogidos a las diversas excepciones contempladas en el Tratado CE. Todo esto ha provocado efectos indeseados, tanto por la notable pérdida de eficacia de las ayudas regionales como por el incremento del volumen global de gasto público en ayudas estatales a nivel comunitario.

    3. Instrumentos normativos El Comité de las Regiones 1.7 Apoya los principios generales adoptados por la Comisión para la reforma de las directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional, a saber:

      -- la concentración en las regiones más pobres (en una UE25);

      -- la competitividad de todas las regiones con arreglo a una Estrategia de...

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