2003/C 28 E/280E-2647/02 de Richard Corbett a la Comisión Asunto: Aplicación uniforme de normas

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

La Comisión cree que hay que tener en cuenta estos progresos legislativos en el caso específico de los diques de Sliedrecht. La Comisión espera formular dentro de poco sus conclusiones sobre este proyecto concreto de dique.

(1 ) DO L 175 de 5.7.1985, modificada por la Directiva del Consejo 97/11/CE de 3 de marzo de 1997, DO L 73 de 14.3.1997.

(2003/C 28 E/280) PREGUNTA ESCRITA E-2647/02 de Richard Corbett (PSE) a la Comisión (20 de septiembre de 2002) Asunto: Aplicación uniforme de normas ¿Tiene conocimiento la Comisión de que la maquinaria certificada conforme a las normas del CEN en un Estado miembro (como, por ejemplo, Italia), y adquirida, como tal, por una empresa de otro Estado miembro (como, por ejemplo, el Reino Unido), en ocasiones no supera las inspecciones efectuadas por las autoridades del Estado miembro de compra, que tienen una interpretación diferente de las normas del CEN? ¿Es consciente la Comisión de que, en tales circunstancias, la empresa en cuestión no dispone de recurso alguno contra el fabricante, dado que éste puede alegar estar en posesión de la necesaria certificación de cumplimiento de las normas del CEN? ¿Ha realizado la Comisión estudios sobre la aplicación uniforme de normas en toda la UE y sobre los problemas derivados de la diversa interpretación de las mismas por parte de las diferentes autoridades nacionales? ¿En opinión de la Comisión, ¿que debería hacer una empresa en caso de ser víctima de una situación como la anteriormente descrita? Respuesta del Sr. Liikanen en nombre de la Comisión (11 de octubre de 2002) La maquinaria que se introduce en el mercado en el Espacio Económico Europeo (EEE) debe cumplir los requisitos básicos de salud y seguridad marcados por la Directiva sobre maquinaria (1 ). La aplicación de las especificaciones técnicas de la normas armonizadas europeas sigue siendo voluntaria; sin embargo, es de suponer que, por lo general, la maquinaria que se fabrique teniendo en cuenta dichas especificaciones cumplirá con los requisitos de la Directiva que contemplan las normas.

La Comisión está poniendo especial interés en desarrollar una aplicación uniforme de las normas básicas.

En el grupo de trabajo de la Directiva sobre maquinaria, los Estados miembros y la Comisión buscan alcanzar una interpretación común. Asimismo, se ha establecido un grupo para desarrollar la cooperación administrativa entre las distintas autoridades nacionales en materia de vigilancia del mercado. Respecto a la...

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