Asunto C-583/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Riigikohus (Estonia) el 12 de diciembre de 2012 — Sintax Trading OÜ/Maksu- ja Tolliameti Põhja maksu- ja tollikeskus

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 55/5

sucesivo, «KPN») (KPC, KPI, y KPN se denominan, conjuntamente, «recurrentes»), una multa solidaria de 16 632 000 euros por haber infringido el artículo 81 CE al fijar precios en el mercado neerlandés del betún. Mediante el presente recurso de casación, las recurrentes pretenden que se anule la sentencia recurrida en la medida en que impone una multa o se reduzca dicha multa, o bien que se devuelva el asunto al Tribunal General, e invocan los siguientes motivos:

La sentencia recurrida debería ser anulada en la medida en que impone una multa o, subsidiariamente, el asunto debería ser devuelto al Tribunal General, pues la sentencia recurrida adolece de un error de Derecho al haber interpretado incorrectamente el Tribunal General el último párrafo del punto 23, letra b), de la Comunicación sobre la cooperación de 2002, que establece que cuando una empresa «aporte elementos de prueba relacionados con hechos de los cuales la Comisión no tenga conocimiento previo y que repercutan directamente en la gravedad o duración del presunto cártel», la Comisión no tomará tales datos en consideración al fijar el importe de la multa que deba imponerse a la empresa que los haya aportado. El Tribunal General declaró que la Comisión no tiene «conocimiento previo» de un hecho únicamente cuando no tiene ningún conocimiento previo de tal hecho. De este modo, aun cuando la Comisión sólo tenga una idea muy general sobre la existencia de un cártel y ninguna prueba directa que le permita demostrar los hechos relativos a dicho cártel, un solicitante de clemencia que aporte tal prueba no podrá disfrutar de la dispensa prevista en el último párrafo del punto 23, letra b). Las recurrentes alegan que tal interpretación de ese párrafo es demasiado restrictiva y jurídicamente errónea.

La sentencia recurrida incurre en un error de Derecho ya que el Tribunal General no apreció adecuadamente las pruebas aportadas por las recurrentes antes de concluir que el valor de las pruebas presentadas por KPN a la Comisión en el contexto de su solicitud de clemencia había quedado diluido por las aportaciones hechas por otras partes. Para llegar a tal conclusión, el Tribunal General debería haber examinado las pruebas presentadas por KPN, comparándolas con las de las demás partes, lo cual ni siquiera intentó.

) Decisión C(2006) 4090 final, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 [CE] [Asunto COMP/F/38.456 - Betún (Países...

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