2000/C 374 E/068P-0359/00 de Robert Evans a la Comisión Asunto: Trabajo en régimen de servidumbre

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Respuesta del Sr. Bolkestein en nombre de la Comisión (28 de marzo de 2000) La propuesta de Directiva relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información (1 ) tiene por objeto adaptar a escala comunitaria el marco jurídico de los derechos de autor para afrontar los retos de las nuevas tecnologías y formas de producción y explotación de las obras. Se sitúa en un entorno mundializado y tiene también por objeto transponer la mayor parte de las obligaciones internacionales derivadas de sendos Tratados adoptados en 1996 bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, sobre los derechos de autor y sobre interpretación o ejecución y fonogramas.

Entre tales obligaciones, las partes contratantes acordaron elaborar una legislación que garantizara la protección jurídica de las medidas técnicas utilizadas por los beneficiarios para proteger sus obras contra actos no autorizados. La propuesta de Directiva transpone esta obligación a escala comunitaria para garantizar un nivel equivalente de protección en todos los Estados miembros y permitir el correcto funcionamiento del mercado interior.

Su Señoría reconoce los esfuerzos realizados por la Comisión en su propuesta para garantizar el equilibrio entre los distintos derechos e intereses afectados. La Comisión presta especial atención a dicho equilibrio sobre la cuestión de la delimitación del alcance de la protección de las medidas técnicas cuando un Estado miembro se acoge a una de las excepciones previstas en el artículo 5 de la propuesta. Esta preocupación es compartida por los Estados miembros, que están buscando en el Grupo de Trabajo del Consejo una solución satisfactoria.

(1) DO C 180 de 25.6.1999.

(2000/C 374 E/068) PREGUNTA ESCRITA P-0359/00 de Robert Evans (PSE) a la Comisión (4 de febrero de 2000) Asunto: Trabajo en régimen de servidumbre El trabajo en régimen de servidumbre constituye una violación de los derechos humanos que, según el Grupo de trabajo de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de esclavitud, afecta a unos 20 millones de personas en el mundo. Gran parte de estos trabajadores en régimen de servidumbre se encuentran en la India y Pakistán.

A la luz de esta realidad, ¿puede comunicar la Comisión qué gestiones está realizando para:

  1. Colaborar con las Naciones Unidas y la OIT a fin de instar a todos los Estados a suscribir los instrumentos internacionales...

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