Reglamento (CE) nº 1546/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 1898/2005 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1255/1999 del Consejo en lo que respecta a las medidas para la salida al mercado comunitario de la nata, la mantequilla y la mantequilla concentrada

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1546/2007 DE LA COMISIÓN de 20 de diciembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) no 1898/2005 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que respecta a las medidas para la salida al mercado comunitario de la nata, la mantequilla y la mantequilla concentrada LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, sus artículos 10 y 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1152/2007 del Consejo modificó las disposiciones del Reglamento (CE) no 1255/1999 en lo que respecta al almacenamiento privado de nata y mantequilla, en particular suprimiendo la referencia a las normas de calidad nacionales como criterio de admisibilidad para la ayuda al almacenamiento privado de mantequilla.

(2) En vista de estas nuevas disposiciones, conviene armonizar los criterios de admisibilidad a los regímenes de ayuda para la salida al mercado de nata, mantequilla y mantequilla concentrada establecidos en el Reglamento (CE) no 1898/2005 de la Comisión (2). En concreto, deben suprimirse las referencias a las normas de calidad nacionales y, en su caso, sustituirlas por las condiciones de admisibilidad fijadas en el Reglamento (CE) no 1255/1999. Procede, pues, adaptar las disposiciones pertinentes relativas a los controles.

(3) Debe modificarse el Reglamento (CE) no 1898/2005 en consonancia con lo anterior.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 1898/2005 queda modificado como sigue:

1) En el artículo 5, apartado 1, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

'a) mantequilla producida directa y exclusivamente a partir de nata pasteurizada que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1255/1999;'.

2) En el artículo 45, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

'2. En caso de que la adición de marcadores a la mantequilla o a la nata o la incorporación de la mantequilla o de la nata a los productos finales o, cuando proceda, a productos intermedios, tenga lugar en un Estado...

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