Asunto C-475/99: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución del Oberverwaltungsgericht Rheinland-Pfalz, de fecha 8 de diciembre de 1999, en el asunto entre Ambulanz Glöckner y Landkreis Südwestpfalz, con la intervención de 1) Arbeiter-Samariter-Bund Landesverband Rheinland-Pfalz e.V., 2) Deutsches Rotes Kruze Landesverband ...

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C 63/12 ES 4.3.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas La Comisio¥n de las Comunidades Europeas solicita al Tribunal Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 1999 contra el Reino de Suecia por la Comisio¥ n de las Comunidadesde Justicia que:

Europeas 1. Declare que la Repu¥blica de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado CE, al no haber adoptado dentro del plazo sen~alado todas (Asunto C-478/99) las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para adaptar su Derecho interno a la Directiva 95/30/CE de la Comisio¥n,(1) de 30 de junio de 1995, por (2000/C 63/24) la que se adapta al progreso tÈcnico la Directiva 90/679/CEE del Consejo, sobre la proteccio¥n de los En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se hatrabajadores contra los riesgos relacionados con la exposipresentado un recurso contra el Reino de Suecia formuladocio¥n a agentes biolo¥gicos durante el trabajo (SÈptima por la Comisio¥n de las Comunidades Europeas, representadaDirectiva especi¥fica con arreglo al apartado 1 del arti¥por los Sres. Leo Parpala y Paolo Stancanelli, miembros delculo 16 de la Directiva 89/391/CEE).

Servicio Juri¥dico de la Comisio¥n, en calidad de Agentes, que 2. Condene en costas a la Repu¥blica de Austria. designa como domicilio en Luxemburgo el despacho del Sr.

Carlos Go¥mez de la Cruz, Miembro del Servicio Juri¥dico de la Comisio¥n, Centre Wagner, Kirchberg.Motivos y principal alegaciones Los motivos y las principales alegaciones son similares a los La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:del asunto C-460/99.(2) El 30 de noviembre de 1996 expiro¥ el plazo sen~alado en el arti¥culo 2 de la Directiva 95/30/CE para la adaptacio¥n del Derecho interno a dicha Directiva.

1) Declare que el Reino de Suecia ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo a la Directiva (1) DO L 155 de 6.7.1995, p. 41.

93/13/CEE(1) de 5 de abril de 1993, sobre las cla¥usulas (2) VÈase pa¥gina 11 del presente Diario Oficial.

abusivas en los contratos celebrados con consumidores al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para incluir el Anexo a que se refiere el arti¥culo 3, apartado 3, de la Directiva en su legislacio¥n nacional.

Peticio¥ n de decisio¥n prejudicial presentada mediante resolucio¥ n del Oberverwaltungsgericht Rheinland-Pfalz, de 2) Condene en costas al reino de Suecia.

fecha 8 de diciembre de 1999, en el asunto...

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