Ayudas estatales Alemania Ayuda estatal C 31/04 (ex NN 53/04) Schiefergruben Magog Invitación a presentar observaciones en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE

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AYUDAS ESTATALES -- ALEMANIA Ayuda estatal C 31/04 (ex NN 53/04) -- Schiefergruben Magog Invitación a presentar observaciones en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE (2004/C 282/04) (Texto pertinente a efectos del EEE) Por carta de 6 de octubre de 2004, reproducida en la versión lingüística auténtica en las páginas siguientes al presente resumen, la Comisión notificó a la República Federal de Alemania su decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE en relación con la ayuda mencionada.

Por la presente, la Comisión invita a los interesados a que le presenten sus observaciones sobre la ayuda en cuestión en el plazo de un mes a partir de la fecha de la presente publicación, enviándolas a la siguiente dirección:

Comisión Europea Dirección General de Competencia Registro de ayudas estatales B-1049 Bruselas Fax (32-2) 296 12 42.

Dichas observaciones serán comunicadas a la República Federal de Alemania. La parte interesada que presente observaciones podrá solicitar por escrito, exponiendo los motivos de su solicitud, que su identidad sea tratada confidencialmente.

RESUMEN PROCEDIMIENTO El 12 de noviembre de 2003, la Comisión recibió de un competidor alemán de la empresa Magog una denuncia relativa a una ayuda estatal supuestamente concedida a Schiefergruben Magog GmbH & Co. KG. Con fecha de 25 de noviembre de 2003, la Comisión invitó a Alemania a facilitarle información al respecto, cosa que Alemania hizo con fecha de 4 de marzo de 2004.

DESCRIPCIÓN En 2002 y 2003, el Estado federado de Renania del Norte-Westfalia (Alemania) concedió a Magog GmbH & Co. KG (en lo sucesivo, 'Magog') una subvención por valor de 702 093 euros destinada a financiar el desarrollo de una nueva tecnología de corte de pizarras para tejado (proyecto titulado 'desarrollo y prueba de una tecnología digital y robotizada de producción de pizarras para tejado').

Magog opera en el ámbito de la producción de pizarras. La empresa está situada en Bad Fredeburg, en Renania del NorteWestfalia, y cuenta con unos 48 empleados.

Según Alemania, el objetivo del proyecto era el desarrollo de una tecnología innovadora para el tratamiento de las pizarras para tejados destinada a reducir los riesgos para la salud de los trabajadores. El proyecto global constaba de tres fases (desarrollo de un prototipo, construcción de un pabellón y aplicación de la nueva tecnología). Según el autor de la denuncia, el coste total del proyecto ascendía a 2 068 176 euros.

El Estado federado de Renania del Norte-Westfalia sólo subvencionó la primera fase de este proyecto, cuyos costes ascendieron a 1 170 157 euros, de los cuales 702 093 euros (el 60 %) se financiaron a través de la subvención del Estado federado de Renania del Norte-Westfalia.

EVALUACIÓN Alemania alega que la subvención no constituye una ayuda estatal en la medida en que no confirió ninguna ventaja a la empresa. El proyecto era una iniciativa voluntaria destinada a mejorar las condiciones de trabajo de los empleados. Alemania sostiene, asimismo, que la medida no afecta a los intercambios entre Estados miembros.

Por su parte, la Comisión considera que la subvención constituye una ayuda estatal en el sentido definido en el apartado 1 del artículo 87 del Tratado por cuanto otorga una ventaja selectiva a Magog: en efecto, la introducción de la nueva tecnología aumentó la productividad de la empresa y reforzó su competitividad. Además, existe un comercio de este producto entre los Estados miembros.

Por lo que se refiere a las posibles exenciones con arreglo al apartado 3 del artículo 87 del Tratado, hay que tener en cuenta, en primer lugar, que Magog no está situada en ninguna de las regiones contempladas en las letras a) o c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado.

El proyecto puede considerarse un proyecto de inversión en el sentido definido en el Reglamento sobre exenciones por categoría de las PYME. Dicho Reglamento autoriza ayudas a la inversión en inmovilizaciones corporales e incorporales de una intensidad bruta de hasta un 7,5 % de los costes de inversión subvencionables en el caso de las empresas medianas, y de hasta un 15 % en el caso de las pequeñas empresas. Este límite se incumple en este caso, aun cuando el total de los costes de inversión se considere subvencionable.

El Encuadramiento comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo autoriza las ayudas estatales en favor de la investigación fundamental, la investigación industrial y el desarrollo precompetitivo. Dado...

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