2002/C 277 E/175P-1153/02 de Sebastiano Musumeci a la Comisión Asunto: Replantación de viñedos en Sicilia

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

explotación real o potencial. El dugongo vive en los bajos fondos de los mares tropicales. Las mayores concentraciones de dugongos se encuentran en extensas zonas de bajos fondos (en las que pastan en los lechos marinos), pero también se observan en zonas de aguas más profundas y más alejadas de las costas con una plataforma continental extensa, llana y protegida.

La destrucción del hábitat y la explotación directa por parte de comunidades locales son problemas cruciales para esta especie, pero el mayor peligro en casi toda el área de distribución del dugongo lo constituyen los enredos accidentales en las redes de enmalle de las embarcaciones de pesca litoral y tradicional. La Comisión no tiene información sobre el número de animales que se enredan en redes de enmalle, particularmente frente a las costas de África Oriental.

Los buques comunitarios que faenan al amparo de acuerdos pesqueros con Estados de África Oriental (Madagascar, Comoras, Seychelles) en la zona de distribución de esta especie ni utilizan redes de enmalle ni están autorizados a faenar en aguas litorales pues sólo pueden pescar a una distancia de la costa de entre 10 y 12 millas náuticas. La Comisión no ha iniciado ninguna investigación sobre los posibles efectos de esta pesca en las poblaciones de dugongos y, dadas las características biológicas de esta especie y el tipo de pesca que se lleva a cabo al amparo de esos acuerdos, considera que los buques pesqueros comunitarios no constituyen una amenaza para ella.

(2002/C 277 E/174) PREGUNTA ESCRITA P-1144/02 de Bill Newton Dunn (ELDR) a la Comisión (15 de abril de 2002) Asunto: Ayuda estatal ¿Se le consultó a la Comisión alguna vez si la aportación de 150 000 libras esterlinas realizada de 1999 a 2000 por el Lincolnshire Comity Council para la construcción de una carretera que conduce a las oficinas de QV Foods Limited en Holbeach Hurn fue una ayuda pública aceptable de acuerdo con las disposiciones comunitarias? Respuesta del Comisario Monti en nombre de la Comisión (21 de mayo de 2002) Se considera que la construcción de nuevas carreteras públicas abiertas a todos los usuarios es una medida general de infraestructura y no una ayuda estatal y no está por lo tanto sujeta a la notificación a la Comisión de conformidad con el artículo 88 del Tratado CE.

No se consultó a la Comisión sobre el pago mencionado ni tampoco dicho caso ha sido registrado.

(2002/C 277 E/175) PREGUNTA ESCRITA P-1153/02 de Sebastiano Musumeci (UEN) a la...

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