Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de marzo de 2002 en el asunto C-29/01: Comisión de las Comunidades Europeas contra Reino de España ('Incumplimiento de Estado No adaptación del Derecho interno a la Directiva 96/61/CE')

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

18.5.2002 ES C 118/15Diario Oficial de las Comunidades Europeas SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA 2) Condenar en costas a la Repu¥blica Italiana.

(Sala Cuarta) (1) DO C 355 de 9.12.2000.

de 7 de marzo de 2002 en el asunto C-365/00: Comisio¥ n de las Comunidades Europeas contra Repu¥blica Italiana(1) ('Recurso por incumplimiento -- Directiva 76/768/CEE -Disposicio¥n nacional relativa a las menciones que deben SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIAfigurar en el envase de los productos cosmÈticos -- Origen natural o artificial de las esencias de perfume o aromas contenidos en los productos cosmÈticos') (Sala Segunda) (2002/C 118/22) de 7 de marzo de 2002 (Lengua de procedimiento: italiano) en el asunto C-29/01: Comisio¥ n de las Comunidades (Traduccio¥n provisional; la traduccio¥n definitiva se publicara¥ en la Europeas contra Reino de Espan~ a(1) 'Recopilacio¥n de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') ('Incumplimiento de Estado -- No adaptacio¥n del Derecho interno a la Directiva 96/61/CE') En el asunto C-365/00, Comisio¥n de las Comunidades Europeas (agentes: Sr. R. B. Wainwright y R. Amorosi) contra (2002/C 118/23)Repu¥blica Italiana (agentes: Sr. U. Leanza, asistido por el Sr.

  1. M. Braguglia), que tiene por objeto que se declare que la Repu¥blica Italiana ha incumplido las obligaciones que le (Lengua de procedimiento: espan~ol)incumben en virtud de la Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximacio¥n de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosmÈticos (DO L 262, p. 169; EE, 15/01, p. 206), en su En el asunto C-29/01, Comisio¥n de las Comunidades Europeasversio¥n modificada por la Directiva 93/35/CEE del Consejo, de (agente: Sr. G. Valero Jordana) contra Reino de Espan~a (agentes:14 de junio de 1993 (DO L 151, p. 32), y, en particular, del Sra. M. Lo¥pez-Moni¥s Gallego), que tiene por objeto que searti¥culo 6, apartado 1, letra g), pa¥rrafo tercero, de dicha declare que el Reino de Espan~a ha incumplido las obligacionesDirectiva, al haber adoptado y mantenido en vigor el arti¥culo que le incumben en virtud de la Directiva 96/61/CE del28 de la Ley no 128, de 24 de abril de 1998, por la que se Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevencio¥nadoptan disposiciones para el cumplimiento de las obligacioy al control integrados de la contaminacio¥n (DO L 257, p. 26),nes derivadas de la pertenencia de Italia a las Comunidades al no haber adoptado las disposiciones...

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