Sentencia del Tribunal, de 31 de marzo de 2015, en el asunto E-20/14 — Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia [Incumplimiento por una parte contratante de sus obligaciones — No implementación — Reglamento (CE) no 392/2009 sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente]

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión Europea

22.10.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 350/6

En el asunto E-20/14, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia — SOLICITUD de declaración de que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 7 del Acuerdo EEE al no haber adoptado las medidas necesarias para incorporar a su ordenamiento jurídico interno, como tal y en los plazos prescritos, el acto a que se hace referencia en el anexo XIII, capítulo V, punto 56x, del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente], adaptado al Acuerdo EEE por el Protocolo 1 del mismo, y por la Decisión del Comité Mixto no 17/2011, de 1 de abril de 2011, el Tribunal, compuesto por los jueces Carl Baudenbacher (presidente), Páll Hreinsson (juez ponente) y Per Christiansen, dictó una sentencia el 31 de marzo de 2015, cuyo fallo es el siguiente:

El Tribunal:

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