Sentencia del Tribunal de Justicia, de 20 de julio de 2017, en el asunto E-11/16 — Mobil Betriebskrankenkasse contra Tryg Forsikring, apoyada por la oficina noruega de seguros de automóviles (Trafikkforsikringsforeningen) (Artículo 93 del Reglamento (CEE) n.o 1408/71 — Reglamento (CE) n.o 883/2004 — Derecho de las instituciones deudoras frente a terceros responsables — Subrogación y derechos directos)

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

4.1.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 1/8

En el asunto E-11/16 Mobil Betriebskrankenkasse contra Tryg Forsikring, apoyada por la oficina noruega de seguros de automóviles (Trafikkforsikringsforeningen), — SOLICITUD al Tribunal con arreglo al artículo 34 del Acuerdo entre los Estados de la AELC por el que se instituyen un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia por parte del Juzgado de primera instancia de Oslo (Oslo tingrett) en relación con la interpretación del artículo 85, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, el Tribunal, compuesto por los jueces Carl Baudenbacher (presidente), Per Christiansen (juez ponente) y Benedikt Bogason (juez ad hoc), dictó sentencia el 20 de julio de 2017, cuyo fallo es el siguiente:

  1. Cuando una institución deudora de un Estado del EEE, en virtud de la normativa de su país, tenga un derecho subrogado o directo frente a un tercero a quien incumba la obligación de reparar un daño acaecido en otro Estado del EEE, los demás Estados del EEE deben, con arreglo al artículo 93...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT