Asunto C-283/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 26 de septiembre de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad — Varna — Bulgaria) — Serebryannay vek EOOD/Direktor na Direktsia «Obzhalvane i upravlenie na izpalnenieto» — Varna pri Tsentralno upravlenie na Natsionalna agentsia za prihodite (IVA — Directiva 2006/112/CE — Artículos 2, apartado 1, letra c), 26, 62 y 63 — Devengo del impuesto — Prestaciones recíprocas — Operaciones a título oneroso — Base imponible de una operación cuya contraprestación esté constituida por servicios — Atribución por una persona física a una sociedad del derecho de utilizar y de arrendar a terceros bienes inmuebles a cambio de los servicios de mejora y amueblamiento de esos inmuebles prestados por dicha sociedad)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 23.11.2013

Banque Internationale à Luxembourg

Petición de decisión prejudicial - Tribunal de commerce de Bruxelles - Interpretación del artículo 24 del Reglamento

o 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia (DO L 160, p. 1) - Ejecución de un pago efectuado en favor de un acreedor del deudor concursado, a solicitud de éste, sin que se hayan llevado a cabo medidas de publicación de la resolución de incoación del procedimiento concursal en otro Estado miembro - Liberación del mandatario que actúa de buena fe - Ámbito de aplicación rationae personae - Inclusión en el concepto de «ejecución a favor del deudor» únicamente el pago efectuado en favor del deudor concursado o también en favor de sus acreedores.

El artículo 24, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, debe interpretarse en el sentido de que no está incluido en el ámbito de aplicación de dicho precepto un pago efectuado, por orden de un deudor sometido a un procedimiento concursal, a un acreedor de dicho

) DO C 200, de 7.7.2012.

( 1 ) DO C 250, de 18.8.2012.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 3 de de 2013 (petición de decisión prejudicial

planteada por el Tribunal Central Administrativo Sul - Portugal) - ITELCAR - Automóveis de Aluguer

Lda/Fazenda Pública

(Asunto C-282/12) ( 1 )

(Libre circulación de capitales - Legislación fiscal - Impuesto de sociedades - Intereses abonados por una sociedad residente en retribución de fondos prestados por una sociedad establecida en un país tercero - Existencia de «relaciones especiales» entre esas sociedades - Régimen de subcapitalización - No deducibilidad de intereses relativos a la parte del endeudamiento considerada excesiva - Deducibilidad en el caso de intereses abonados a una sociedad residente en el territorio nacional - Fraude y evasión fiscales - Montajes puramente artificiales - Condiciones de plena competencia -

Proporcionalidad)

(2013/C 344/51)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Central Administrativo Sul

Partes en el procedimiento principal

ITELCAR - Automóveis de Aluguer Lda

Fazenda Pública

Objeto

Petición de decisión prejudicial - Tribunal Central Administrativo Sul - Portugal - Interpretación de los artículos 63 TFUE y 65 TFUE - Legislación tributaria - Impuesto sobre sociedades - Deducción de los intereses de un préstamo...

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