Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala), de 10 de enero de 2006, en el asunto C-402/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vestre Landsret): Skov Æg contra Bilka Lavprisvarehus A/S y Bilka Lavprisvarehus A/S contra Jette Mikkelsen, Michael Due Nielsen («Directiva 85/374/CEE Responsabilidad por los daños causados por...

SectionDirective
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

-- se cumplía, en los casos del pato de flojel, de la serreta grande, de la serreta mediana y del negrón especulado, el requisito, exigido en dicha disposición para autorizar las excepciones, consistente en que la caza lo fuera de pequeñas cantidades.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) Condenar en costas a la República de Finlandia.

(1 ) DO C 226, de 20.9.2003.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 10 de enero de 2006 en el asunto C-402/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vestre Landsret): Skov Æg contra Bilka Lavprisvarehus A/S y Bilka Lavprisvarehus A/S contra Jette Mikkelsen, Michael Due Nielsen (1 ) ('Directiva 85/374/CEE -- Responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos -- Responsabilidad del proveedor de un producto defectuoso') (2006/C 48/07) (Lengua de procedimiento: danés) En el asunto C-402/03, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por el Vestre Landsret, mediante resolución de 26 de septiembre de 2003, recibida en el Tribunal de Justicia el 29 de septiembre de 2003, en el procedimiento entre Skov Æg y Bilka Lavprisvarehus A/S y entre Bilka Lavprisvarehus A/S y Jette Mikkelsen, Michael Due Nielsen, el Tribunal de Justicia (Gran Sala), integrado por el Sr. V. Skouris, Presidente, los Sres.

P. Jann (Ponente), C.W.A. Timmermans, A. Rosas, K. Schiemann y J. Makarczyk, Presidentes de Sala, y los Sres. C.

Gulmann y J.N. Cunha Rodrigues, la Sra. R. Silva de Lapuerta y los Sres. K. Lenaerts, P. Kris, E. Juhász y G. Arestis, Jueces;

Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretario: Sr. H. von Holstein, Secretario adjunto, ha dictado el 10 de enero de 2006 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

La Directiva 85/374/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, debe interpretarse en el sentido de que:

-- se opone a una norma nacional según la cual el proveedor debe asumir, en otros supuestos además de los enumerados taxativamente en el artículo 3, apartado 3, de la Directiva, la responsabilidad objetiva que esta Directiva establece e imputa al productor;

-- no se opone a una norma nacional según la cual el proveedor debe asumir sin restricciones la responsabilidad culposa del productor.

(1 ) DO C 304, de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT